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Ante la aparición de un foco de peste porcina africana en la explotación «Lagar Grande¯, propiedad de Agropecuaria Lagar Grande, S.A. con número de registro municipal 97 del término de Puebla de los Infantes (Sevilla).
Vistos los informes preceptivos y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1º punto 1 del Real Decreto 791/1979 de 20 de febrero, apartados 1º y 2º de la Orden Ministerial de Agricultura de 21 de octubre de 1980, y al punto 7.1. del apartado A del epígrafe I de la Resolución de 9 de febrero de 1982, he venido, en uso de las atribuciones que me están conferidas por el Real Decreto 3.490/1981, de 29 de diciembre y el Decreto 144/1982, de 3 de noviembre a suspender temporalmente con fecha 8 de junio del año en curso, la calificación sanitaria de que disfrutaba. Notifíquese la presente Resolución al interesado y dese traslado a la Subdirección General de Sanidad Animal del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de acuerdo con lo preceptuado en el apartado A, punto 7.3 párrafo 2 de la Resolución de 9 de febrero de 1982.
Sevilla, 8 de junio de 1992.- El Director General, Miguel Zamora Lozano.
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