Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 60 de 30/6/1992

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Consejería de Gobernación

ORDEN de 25 de junio de 1992, por la que se hace pública la resolución definitiva del concurso de traslado entre el personal laboral al servicio de la Junta de Andalucía, convocado por Orden que se cita.

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En cumplimiento de lo dispuesto en la Base Séptima de la Orden de 20 de Julio de 1991 por la que se convocaba Concurso de Traslado para el Personal Laboral al Servicio de la Junta de Andalucía, resueltas las incidencias y reclamaciones formuladas contra la Resolución Provisional, tal como se especifica en los Anexos II, III, IV y V, y vista la propuesta de la Comisión de Selección.

DISPONGO:

1º.- Resolver con carácter definitivo el Concurso de Traslado del Personal Laboral al Servicio de la Junta de Andalucía, adjudicando los puestos de trabajo a los concursantes que figuran en el Anexo I, con indicación de las puntuaciones obtenidas en los mismos, sin perjuicio de lo establecido en la Base Primera, Apartado e) de la Orden de 20 de Julio de 1991 (BOJA nº 66 de 30 de Julio de 1991).

2º.- Aprobar la lista definitiva de concursantes excluidos, (Anexo II), con indicación de la causa de exclusión.

3º.- Aprobar la estimación parcial o total, por las causa que se indican, de las reclamaciones del personal que figura en el Anexo III.

4º.- Aprobar la desestimación parcial o total, por las causa que se indican, de las reclamaciones del personal que figura en el Anexo IV.

5º.- Aprobar la lista definitiva de participantes (Anexo V), que han renunciado a la totalidad del Concurso o a determinados puestos, con indicación, en este último caso, de los mismos.

6º.- Aprobar la baremación efectuada por la Comisión en base a los documentos presentados por las solicitantes o en su defecto por los datos existentes en la Dirección General de la Función Pública.

7º.- Publicar el Anexo I, adjunto a la presente Orden, y ordenar que se expongan los Anexos II, III, IV y V en los tablones de anuncios de las Delegaciones de Gobernación de cada una de las provincias andaluzas y en los Servicios Centrales de la misma, sita en Plaza de Cristo de Burgos, nº

31 de Sevilla.

8º.- El plazo para la ocupación del nuevo puesto de trabajo comenzará a contarse a partir del día siguiente al de cese, que se fija en el día 31 de Agosto de 1992.

9º.- El trabajador deberá incorporarse a su nuevo destino en el plazo de un día si el traslado se produce dentro de la misma localidad, tres días si el traslado se produce entre distinta localidad dentro de la misma provincia y siete días si el traslado se produce entre puestos de trabajo en distintas provincias, no pudiendo renunciar al mismo, si bien los efectos de la toma de posesión serán del día siguiente a la fecha del cese.

10º.- Los trabajadores que se encuentren en la relación de adjudicatarios de las Ordenes de esta Consejería de fecha 22 de Junio de 1992 y que figure en el Anexo I de la presente Orden, se incorporarán directamente al puesto de trabajo señalados en el citado Anexo, sin perjuicio de las inscripciones registrales pertinentes.

11º.- En el caso del personal al que se le adjudicase puestos de trabajo de fijos discontinuos, con independencia de la fecha marcada en el punto

9º., deberá tenerse en cuenta las fechas de inicio de las correspondientes campañas, a partir de las cuales se producirá la incorporación efectiva a dichos puestos de trabajo.

12º.- Dado el carácter voluntario del Concurso, los traslados que impliquen cambio de residencia no darán derecho a indemnización o resarcimientos de gastos de ningún tipo.

13º.- Los puestos adjudicados que han sido afectados por las diferentes modificaciones de la Relación de Puestos de Trabajo, se entienden asimismo adjudicados a los puestos homólogos de igual grupo y categoría profesional.

14º.- La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en BOJA.

15º.- Contra la presente Orden podrá interponerse reclamación previa al ejercicio de las acciones que corresponden ante la Jurisdicción Laboral, conforme al artículo 145 de la Ley de Procedimiento Administrativo.

Sevilla, 25 de junio de 1992

ANGEL MARTIN-LAGOS CONTRERAS

Consejero de Gobernación

Ver Anexo en fascículo 6 de 8 página 5.071 a fascículo 8 de 8 página

5.255 de este mismo número.

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