Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 69 de 21/7/1992

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 14 de julio de 1992, por la que se hace pública la adjudicación definitiva del concurso de traslados del Cuerpo de Maestros y sus procesos previos.

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Iltmos. Sres.:

Una vez efectuadas las últimas modificaciones de vacantes por Resolución de 2-7-1992 de la Dirección General de Personal y en cumplimiento de lo previsto en la Base Sesenta y Siete de la Orden de 25-11-1991 (BOJA del 3 de diciembre), por la que se convoca Concurso de Traslados en el Cuerpo de Maestros, esta Consejería de ha resuelto:

PRIMERO.- Resolver las reclamaciones presentadas a la adjudicación provisional dirigidas a la Dirección General de Personal en el Anexo I de la presente Orden, mediante sus apartados I.1 Reclamaciones Estimadas y I.2. Reclamaciones Desestimadas, por orden alfabético de provincias y apellidos y nombre de los reclamantes.

SEGUNDO.- Relacionar alfabéticamente en el Anexo II a los Maestros que han causado baja en el Concurso, por haber desistido del mismo, al ser su participación voluntaria y acogerse a lo establecido en la Base Sesenta y Siete de la Orden de Convocatoria ya citada.

TERCERO.- Hacer pública la lista definitiva de los destinos adjudicados a Centro concreto con indicación de la especialidades a los Maestros que se relacionan en el Anexo III de la presente Orden, en el orden de prelación de las cuatro Convocatorias: Readscripción, Transitoria Undécima, Derecho Preferente y Concurso General de Traslados.

CUARTO.- Relacionar alfabéticamente a los reclamantes fuera de plazo en el Anexo IV.

QUINTO.- Los destinos adjudicados son irrenunciables, como se indicaba en la Base Sesenta y Ocho de la Orden de Convocatoria.

SEXTO.- La toma de posesión del nuevo destino se efectuará el día primero de Septiembre de 1992, cesando en el de procedencia el último día de Agosto del mismo año.

SEPTIMO.- La adjudicación de un determinado puesto de trabajo no exime de impartir otras enseñanzas o actividades que puedan corresponderle, de acuerdo con la organización pedagógica del Centro.

OCTAVO.- Quedarán anulados los destinos erróneamente adjudicados como consecuencia de resultas inexistentes, de vacantes que se hayan incluido por error, por no tener previsto su funcionamiento en la planificación escolar del Curso 1992/1993 o por cualquier otro error material producido, como viene previsto en el artº. 111 de la Ley de Procedimiento Administrativo.

NOVENO.- En el supuesto de que un Maestro con destino temporal en su segundo año en Educación Especial obtenga destino en el presente Concurso de Traslados deberá elegir entre el destino obtenido en el mismo o bien confirmarse como definitivo con efectos administrativos de 1-9-1992 en el que venía desempeñando en temporalidad.

DECIMO.- Contra la presente Orden podrá interponerse ante esta Consejería de Educación y Ciencia recurso de reposición previo al Contencioso-Administrativo en el plazo de un mes, a contar del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 14 de julio de 1992

ANTONIO PASCUAL ACOSTA

Consejero de Educación y Ciencia

Ver Anexos en fascículos 2 de 4 a 4 de 4 de este mismo número.

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