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En el recurso contencioso-administrativo núm. 120/90, interpuesto por D. José Manuel Gómez-Angulo Giner contra la Resolución de fecha 18 de mayo de 1989 y 16 de octubre del mismo año de la Consejería de Salud y Servicios Sociales sobre sanción disciplinaria, la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Málaga, ha dictado Sentencia con fecha 23 de octubre de 1990, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
«Fallamos: Que estimando el presente recurso contencioso-administrativo debemos anular y anulamos la Resolución de la Consejería de Salud y Servicios Sociales de la Junta de Andalucía con fecha 16 de octubre de 1989, desestimatoria del recurso de reposición interpuesto contra la de fecha 18 de mayo de 1989 que imponía a D. José Manuel Gómez-Angulo Giner la sanción de una mes de suspensión de empleo y sueldo por la comisión de una falta grave tipificada en el artículo 66.3.c) del Estaduto Jurídico del Personal Médico de la Seguridad Social; y todo ello sin expresa condena en costas a ninguna de las partes¯.
En su virtud, esta Consejería, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y 103 y siguientes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispueto la publicación de dicho fallo en el BOJA, para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la expresada Sentencia.
Sevilla, 3 de agosto de 1992
JOSE LUIS GARCIA DE ARBOLEYA TORNERO
Consejero de Salud
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