Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 81 de 20/8/1992

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

RESOLUCION de 20 de julio de 1992, del Instituto Andaluz de Formación y Perfeccionamiento del Profesorado, sobre seguimiento de programas y actividades de formación del profesorado.

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Los distintos programas de formación y perfeccionamiento del profesorado que la Consejería de Educación y Ciencia viene desarrollando en los últimos años, y la numerosas actividades que los integran, suponen un gran esfuerzo conjunto de la Administración y del profesorado para lograr el objetivo de mejorar la calidad del servicio educativo y hacerlo más acorde con las demandas de la sociedad.

La necesaria variedad y flexibilidad de las distintas actividades realizadas por la Consejería de Educación, en colaboración con los grupos de trabajo, colectivos y asociaciones de profesores, obligan al establecimiento de mecanismos de seguimiento que garanticen la coordinación de las mismas y su ordenación para el logro de los fines perseguidos.

En la Orden de 10 de junio de 1992 por la que se establece el Plan anual de Formación Permanente del Profesorado de Andalucía para el curso

1992/1993, en su apartado 5, señala que la evaluación y seguimiento de los Planes de Formación se realizará según lo que establezca el Instituto Andaluz de Formación y Perfeccionamiento del Profesorado.

Por ello este Instituto Andaluz de Formación y Perfeccionamiento del Profesorado establece lo siguiente:

Primero.

Las actividades de formación y perfeccionamiento del profesorado realizadas por la Consejería de Educación y Ciencia serán objeto de un Programa de Seguimiento, de acuerdo con lo establecido en la Orden de 10 de junio de 1992, por la que se establece el Plan Anual de Formación Permanente del Profesorado de Andalucía para el curso 1992-1993, así como en la presente Resolución.

Segundo.

OBJETIVOS GENERALES DEL SEGUIMIENTO

Los objetivos generales del seguimiento a realizar de los distintos Programas de Formación del Profesorado son;

2.1. Conocer el nivel de realización que presentan las distintas actividades.

2.2. Analizar el grado de implicación que la comunidad escolar tiene con dichas actividades.

2.3. Conocer la implantación y efectividad que poseen dichas actividades para la transformación de la realidad educativa.

2.4. Asesorar y servir de apoyo, en cuantos problemas se puedan presentar, a los profesores participantes en el desarrollo de su actividad.

2.5. Difundir los resultados obtenidos con el seguimiento realizado a todos los participantes y a la comunidad escolar en general.

2.6. Mejorar y adecuar el proceso de formación a través de la reflexión sobre el mismo.

Tercero

PROGRAMACION PROVINCIAL DE LAS ACTIVIDADES DE SEGUIMIENTO.

Para el correcto desarrollo del seguimiento de los programas y actividades de formación, al Comisión Técnica Provincial de Renovación Pedagógica, a la que se refiere el apartado 2 de la Orden de 10 de junio de 1992, incluirá en el Plan Provincial las medidas de concreción y aplicación de lo establecido en esta Resolución, para cada una de las actividades, atendiendo principalmente a los siguientes aspectos:

3.1. Establecimiento de un Programa de Seguimiento, en el que, en cualquier caso, se contemplará la actuación de los Centros de Profesores, los coordinadores provinciales de los distintos programas, los Asesores Técnicos de área o nivel, la inspección educativa y, en su caso, los especialistas que la materia de seguimiento requiera.

3.2. Establecimiento de la temporalización necesaria, con indicación de las entrevistas, informes, debates y encuentros a realizar, así como de los plazos fijados para ello y de cuantos otros procedimientos de seguimiento se pretendan poner en marcha.

3.3. Las Delegaciones Provinciales, a través de la Comisión Técnica Provincial de Renovación Pedagógica, elaborarán la memoria económica de los gastos necesarios para la realización de este Programa, especificando las cantidades que serán atendidas con cargo al presupuesto de los Centros de Profesores y del asignado para el Plan Provincial de Formación y aquellas otras que habrán de ser atendidas con cargo a otros créditos del Instituto Andaluz de Formación y Perfeccionamiento del Profesorado.

3.4. La programación provincial del seguimiento y la elaboración de la memoria, económica habrá de realizarse asegurando, en primer lugar, con cargo a los créditos del Instituto Andaluz de Formación y Perfeccionamiento del Profesorado, el seguimiento del mayor número posible de Proyectos de Innovación Educativa y Seminarios Permanentes de la provincia. En el resto de actividades y programas, si el volumen de los mismos no permitiera el seguimiento de todos ellos, se establecerá un muestreo que posibilite la realización de las entrevistas sin disminuir la fiabilidad de los resultados.

Cuarto

COORDINACION PROVINCIAL DEL PROGRAMA DE SEGUIMIENTO

Con el fin de garantizar la adecuada realización del Programa de Seguimiento elaborado por la Comisión Técnica Provincial de Renovación Pedagógica, bajo la dependencia de la misma se constituirá una Comisión de Seguimiento. Dicha Comisión estará integrada, al menos, por el Coordinador Provincial de Formación Permanente del Profesorado, un Inspector de Educación y un Asesor Técnico de área o nivel, designados por el Delegado Provincial. Esta Comisión realizará las actividades necesarias para al coordinación y aplicación del citado Programa.

Quinto

PROGRAMAS SOBRE LOS QUE SE REALIZA EL SEGUIMIENTO

La elaboración del Programa de Seguimiento, encuadrado en el Plan Provincial de Formación, habrá de tener en cuenta que en el mismo ha de referirse a los siguientes programas y recoger los aspectos que se mencionan:

5.1. Con carácter prioritario.

5.1.1. Proyectos de Innovación Educativa.

- Informes escritos de profesores participantes.

- Entrevistas a Equipos Directivos, profesores participantes, padres y alumnos.

- Realización de debates con Equipos Directivos y con profesores participantes.

5.1.2. Seminarios Permanentes:

- Informes escritos de los Profesores participantes

- Entrevistas con los profesores participantes.

- Debates con los profesores participantes.

5.1.3. Actividades de formación realizadas por colectivos sociales y subvencionadas por la Consejería de Educación y Ciencia.

La Inspección de Educación de cada provincia realizará el seguimiento de las actividades de formación realizadas con la subvención de la Consejería de Educación, por los diversos colectivos sociales durante el año 1992. El informe sobre dicho seguimiento será enviado al Instituto Andaluz de Formación y Perfeccionamiento del Profesorado antes del 31 de enero de 1993.

5.2. Otras actividades y programas de acuerdo con las disponibilidades existentes.

5.2.1. Actividades de ámbito provincial o comarcal incluidas en el Plan Provincial de Formación de acuerdo con la Orden de 10 de junio de 1992.

a) Programas de formación incluidos en el Plan Provincial:

- Informe de los directores de los cursos.

- Informes y entrevistas que realicen los Coordinadores-Tutores de cada curso.

- Informes de la dirección/coordinación de las actividades en cuya elaboración se recojan las valoraciones de los participantes.

b) Programas de Formación de los Centros de Profesores:

- Informe memoria de los Centros de Profesores.

- Los informes y entrevistas que se realicen con los Coordinadores/Tutores de cada actividad de formación y que deben recoger el grado de aceptación de las mismas por los participantes, así como el grado de implicación de equipos y centros docentes en las actividades de formación.

5.2.2. Otros Programas y actividades de formación de ámbito regional:

- Informe de los directores de los cursos.

- Informes y entrevistas que realicen los Coordinadores/Tutores de los cursos.

- Informe de la dirección/coordinación de las actividades en cuya elaboración se recojan las valoraciones de los participantes.

Los informes resultantes del seguimiento de las actividades a que se refiere los apartados 5.1.1., 5.1.2. y 5.2.1. deberán ser remitidos a la Comisión Técnica Provincial de Renovación Pedagógica para la elaboración de la Memoria Final tal como se establecen en el apartado

2.2.10 de la Orden de 10 de junio de 1992.

Sexto

INSTRUMENTOS DE INFORMACION

Para llevar a cabo el seguimiento habrá de recurrirse a los siguientes medios para la obtención de la información necesaria. Dichos medios no deben considerarse como los únicos posibles, pudiéndose establecer cuantos se estimen necesarios.

6.1. Informes escritos.

a) En ellos cada uno de los sectores participantes en las actividades de formación deberá reflexionar, expresar sus opiniones y aportaciones sobre los Programas de Formación del Profesorado que les afecten, presentándose un informe sobre el desarrollo de su trabajo según las orientaciones contenidas en el Anexo I. Estos informes habrán de ser presentados en los Centros de Profesores correspondientes, en la fecha establecida en la programación correspondiente.

b) Los Centros de Profesores a través de los registros personalizados, establecidos de acuerdo con el Art. 10 del Decreto 16/1986 y el apartado 7 de la orden de 10 de junio de 1992, elaborarán un informe estadístico de las actividades de formación realizadas en su ámbito de influencia. Dichos informes y los que resulten del seguimiento de actividades deberán ser entregados al Servicio de Ordenación Educativa de las respectivas Delegaciones Provincial, antes del 30 de junio de 1993.

c) La Inspección Educativa, de acuerdo con lo que se establezca en el Programa de Seguimiento, realizará los correspondientes informes.

6.2. Entrevistas.

a) Deberán abarcar igualmente todos los ámbitos de la comunidad escolar, Equipos directivos de los Centros, Profesores participantes y Alumnos que se encuentren implicados en dichas actividades de Formación. En todas ellas deberá preocuparse un ambiente que no sea de control ajeno y externo sino de máxima comunicación recíproca, de forma que aparezcan los problemas e inquietudes de los entrevistados.

b) Las entrevistas deben realizarse de acuerdo con los siguientes criterios:

b.1. Debe facilitarse la comprensión de los diferentes puntos de vista y su explicitación lo más directa posible.

b.2. Los individuos que informan en la entrevista, deben tener en todo momento la oportunidad de expresarse sobre todas las cuestiones que les conciernen.

b.3. Debe procurarse que los que participan en la entrevista se enriquezcan al intervenir en la misma por haberse facilitado su propia reflexión sobre la experiencia.

c) Las que se realicen a los alumnos deberán perseguir una doble vertiente: Analizar el grado de satisfacción y aprendizaje que les provoca lo que están realizando junto con el cambio que el proyecto o la actividad genera en los profesores que intervienen en la misma.

d) Los profesores participantes en los proyectos o programas deberán ser entrevistados, al menos dos veces: una primera para conocer directamente la intención del proyecto, el grado de implicación del Centro en el desarrollo del mismo y el nivel de ejecución que se va obteniendo, y otra segunda para analizar los cambios que puedan haberse producido en la comunidad escolar a raíz de la experiencia que se realiza, así como para la presentación de los resultados que van obteniéndose.

6.3. Debates.

Los debates deberán realizarse con los Equipos Directivos de Centros implicados en programas de Formación, y con los participantes en cada uno de ellos tanto de profesores como de padres y alumnos. Girarán en torno al análisis de la consecución de los objetivos generales de seguimiento establecidos en la presente Resolución.

Igualmente se realizarán, tanto a nivel comarcal como regional, encuentros interprogramas con el fin de presentar y analizar a nivel colectivo los resultados y materiales obtenidos en ellos.

6.4. Observaciones generales

Se ha de tener presente que las mencionadas actividades de seguimiento no pretenden tanto el juzgar la actuación de los participantes, como el definir el grado de implicación que estos programas tienen en la realidad educativa, para el cumplimiento del fin último que se proponen: la transformación y mejora cualitativa del sistema educativo.

Se ha de crear pues, en todas las actividades de seguimiento, un clima de apoyo al profesorado y de receptividad hacia los problemas, teniendo presente que el objetivo final es analizar el grado de cumplimiento de lo propuesto y la incidencia de cada actividad en los centros educativos y en la formación del profesorado.

Fundamentalmente se utilizarán métodos de investigación, basados en el intento de solucionar problemas concretos del profesorado, de forma conjunta y cooperativa. Por lo tanto, se trata, no de partir de problemas teóricos definidos previamente, sino de problemas prácticos y reales de los equipos.

En virtud de todo ello, el seguimiento de estas actividades deberá ser un instrumento para valorar y considerar adecuadamente a aquellos profesores que la calidad del Sistema Educativo, a través de las actividades de Formación del Profesorado.

Séptimo

INFORME FINAL

7.1.- La Comisión de Seguimiento establecida en el apartado cuarto de esta Resolución, recogerá todos los informes elaborados a través del Programa Provincial de Seguimiento y elaborará una propuesta de informe final sobre el cumplimiento y resultados de las actividades de seguimiento realizadas.

7.2.- La Comisión Técnica Provincial de Renovación Pedagógica, a la vista de dicha propuesta aprobará el informe final sobre seguimiento en la provincia, que será remitido, a través de la Delegación Provincial, a este Instituto Andaluz de Formación y Perfeccionamiento del Profesorado.

7.3.- En dicho informe final figurará una relación de un máximo de cinco actividades de autoformación (Seminarios Permanentes, Proyectos de Innovación Educativa, Grupos de Trabajo o Planes de formación en Centros) que a través de su seguimiento se haya comprobado que pueden ser valoradas de manera especial por su repercusión positiva en el aula, por su carácter innovador o por otras características relacionadas con la mejora de la calidad de la enseñanza o de la Formación permanente del Profesorado. Dichas actividades serán propuestas al Instituto Andaluz de Formación Permanente del Profesorado con objeto de que pudieran ser calificadas como actividades de especial relevancia para la renovación pedagógica del profesorado. Dicha calificación se extenderá a los profesores implicados, pudiendo contemplar medidas de apoyo y refuerzo para el reconocimiento, continuación y divulgación de las mismas.

Octavo

La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOJA.

Sevilla, 20 de julio de 1992. El Director, José Rodríguez Galán.

ANEXO I

ESQUEMA ORIENTATIVO DE ANALISIS DE LAS ACTIVIDADES DE FORMACION DEL PROFESORADO.

1.- LA ACTIVIDAD EN SU CONTEXTO

1. Contexto de realización:

a) Características generales del centro en el que se realiza la experiencia:

- Físicas.

- Materiales.

- Personales.

b) Análisis de la situación social del entorno.

2. Adecuación de los medios:

a) Disponibles.

b) Deficiencias.

3. Disponibilidad de los integrantes:

a) Horaria.

b) Tiempo de dedicación.

c) Labor de equipo.

4. Integración en el lugar de actuación:

a) Colaboración y apoyo de la comunidad educativa.

- Equipos directivos.

- Padres.

- Alumnos.

b) Colaboración y apoyo del equipo de profesores del Centro.

c) Otras colaboraciones.

5. Otras observaciones.

II. LA ACTIVIDAD OBJETIVOS Y DESARROLLO

1.- OBJETIVOS DE LA ACTIVIDAD

2.- PLAN DE TRABAJO PREVISTO

- Descripción

- Reuniones

- Actividades de apoyo

- Recursos

3.- TRABAJO DESARROLLADO

- Descripción

- Reuniones

- Actividades de apoyo

- Recursos

4.- RELACION DEL TRABAJO CON LA PRACTICA DEL AULA

- Cambios producidos

5.- DIFICULTADES ENCONTRADAS Y POSIBILIDADES DE MEJORA

1.- PLANTEAMIENTO Y FILOSOFIA DEL PLAN

2.- DESARROLLO Y CONCRECION GENERAL DEL PLAN

2.1. Objetivos

2.2. Metodología

2.3. Fases

2.4. Instrumentos

3.- ACTIVIDADES OBJETO DE SEGUIMIENTO

4.- RECURSOS, MEDIOS Y MEMORIA ECONOMICA

5.- EVALUACION DEL PLAN

6.- RELACION DE PROYECTOS DE INNOVACION

6.1.- Proyecto

6.2.- Centro de Profesores al que está adscrito

6.3.- Especialista/s encargados del seguimiento

7.- RELACION DE SEMINARIOS PERMANENTES

(con expresión de los aspectos del apartado anterior)

8.- OTRAS ACTIVIDADES

(con expresión de los aspectos del apartado anterior)

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