Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 82 de 22/8/1992

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Consejería de Economía y Hacienda

RESOLUCION de 2 de julio de 1992, de la Delegación Provincial de Granada, autorizando el establecimiento de la instalación eléctrica que se cita. (PP. 1081/92).

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Visto el expediente incoado en esta Delegación cuya descripción se reseña a continuación, solicitando autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y declaración, en concreto de utilidad pública y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en los Capítulos III, del Decreto 2617/66, de 20 de octubre sobre autorización de instalaciones eléctricas, Decreto

2619/66, Ley 10/66, Reglamento de líneas eléctricas aéreas de Alta Tensión de 28.11.68 de acuerdo con lo ordenado en la Ley de 24 de noviembre de 1939, sobre ordenación y defensa de la industria y vistas las funciones que nos competen, según el apartado 9 del artículo 2.º del R.D. 1091/81, de 24 de abril (BOE de 11.6.81), sobre traspaso de competencias, funciones y servicios a la Junta de Andalucía en materia de Industria y Energía; y el artículo 5º del Decreto de la Presidencia de la Junta de Andalucía de 3.8.81 (BOE de 2.12.81), sobre distribución de tales competencias. Esta Delegación Provincial ha resuelto autorizar administrativamente y aprobar el proyecto de ejecución de la siguiente instalación eléctrica:

Peticionario: Cía. Sevillana de Electricidad, S.A. Domicilio: 18009 Granada. Escudo del Carmen, 31.

LINEA ELECTRICA.

Origen: Subestación Las Gabias. (Línea D/C Ambrós-Purchil-Belicena). Final: Belicena y Cúllar Vega, C.T. Cortijo S. Antón y Ctº La Viña). Términos municipales afectados: Las Gabias-Cúllar Vega y Vegas del Genil.

Tipo: Subterránea y Aérea.

Longitud en km.: 0,060 y 3,124.

Tensión de servicio: 20 KV.

Conductores: Al-Ac de 116,6 mm2 y 54,6 mm2 y Al de

3 (1 x 150) mm2.

Apoyo: Metálicos.

Aisladores: Cadena de 3 elementos.

Potencia de transportar: 11.590 KVA.

Procedencia de los materiales: Nacionales. Presupuesto: 22.755.635 ptas.

Finalidad: Mejorar la calidad del servicio en la zona. Referencia: 4917/AT.

Las obras se ajustarán en lo que no resulte modificado por la presente resolución o por las pequeñas variaciones que, en su caso, puedan ser autorizadas, al proyecto presentado, con las obligadas modificaciones que resulten de su adaptación a las instrucciones de carácter general y Reglamentos vigentes, quedando sometidas las instalaciones a la inspección y vigilancia de esta Delegación Provincial.

El plazo de puesta en marcha será de seis meses. El peticionario dará cuenta por escrito del comienzo y terminación de las obras, a efectos de reconocimiento y extensión del acta de puesta en marcha.

Declarar, en concreto, la utilidad pública de la instalación que se autoriza a los efectos que determina la Ley 10/66, de 18 de marzo, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas y su Reglamento aprobado por Decreto

2619/66, de 20 de octubre.

Granada, 2 de julio de 1992.- El Delegado, Pedro M. Serrano León.

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