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En el recurso contencioso-administrativo núm. 2572/1988, interpuesto por El Flamenco Hotel, SA. contra Resolución de la Consejería de Gobernación de 23 de julio de 1987, sobre infracción a la normativa de juego, expediente núm. 28/1986, ha recaído sentencia el 10 de abril de 1991 pronunciada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, cuyo fallo es del siguiente tenor literal:
Fallamos: Que estimamos el recurso que interpone la entidad mercantil "El Flamenco Hotel, SA." contra resolución de 23 de julio de 1987 de Consejería de Gobernación desestimatoria de recurso de reposición contra resolución sancionatoria por una cuantía de 11.000.001 pesetas, anulando el acto recurrido.
En consecuencia, esta Consejería, de conformidad con lo establecido en los artículos 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ordena:
Primero: La publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del fallo que ahora se trascribe.
Segundo. El cumplimiento de la expresada sentencia en sus propios términos.
Sevilla, 13 de enero de 1992
ANGEL MARTIN-LAGOS CONTRERAS
Consejero de Gobernación
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