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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha
27 de julio 1992, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla, en el Recurso Contencioso-Administrativo núm.
1957/91, promovido por Banco Español de Crédito, S.A., sobre Sanción, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
FALLO:
Que desestimamos el recurso formulado por el Banco Español de Crédito, S.A., contra las resoluciones de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social de la Consejería de Trabajo de 18 de enero de 1991 que desestima el recurso de alzada contra la de 24 de agosto de 1990 del Delegado Provincial de Córdoba que imponía a la recurrente la Sanción, de
100.000 pesetas, resoluciones que consideramos ajustadas al ordenamiento jurídico. Sin costas.
Sevilla, 18 de enero de 1993.- El Secretario General Técnico, Venancio Gutiérrez Colomina.
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