Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 107 de 2/10/1993

2. Autoridades y personal2.1 Nombramientos, situaciones e incidencias

Otros. CAMARA DE CUENTAS DE ANDALUCIA

RESOLUCION de 27 de septiembre de 1993, por la que se hace público el nombramiento de funcionarios del Cuerpo de Técnicos de Auditoría de esta Institución.

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Vista la propuesta formulada por el Tribunal calificador de las pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Técnicos de Auditoría de la Cámara de Cuentas de Andalucía, convocadas por Resolución de 8 de febrero de 1993, (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de 13 de febrero), y verificada la concurrencia de los requisitos exigidos en las bases de la convocatoria, procede el nombramiento de funcionarios de carrera en el citado Cuerpo.

En su virtud, el Consejero Mayor de la Cámara de Cuentas en uso de la competencia que le confiere el artículo 21 f) de la Ley 1/88, de 17 de marzo, resuelve:

Primero: Nombrar funcionario de carrera del Cuerpo de Técnicos de Auditoría de la Cámara de Cuentas de Andalucía, a los siguientes aspirantes:

Aspirantes D.N.I. Alvarado Bonilla, Fco. José 28.698.198 De Francisco Arenas, Miguel Angel 28.540.608 García Borja, Mª Rosario 28.343.756 Peñín Honrubia, Mª Consuelo 52.086.398 Sánchez Virués de Segovia, Ricardo Urbano 28.686.428

Segundo: Para adquirir la condición de funcionario de carrera deberán prestar juramento o promesa de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 707/1979 de 5 de abril, y tomar posesión dentro del plazo establecido en el punto siguiente.

Tercero: La toma de posesión deberá efectuarla en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Cuarto: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 53/84, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al servicio de las Administraciones Públicas, y al objeto de los presentes nombramientos, los aspirantes para tomar posesión deberán realizar la declaración a que se refiere el segundo de los preceptos citados o la opción o solicitud de compatibilidad contemplada en el artículo 10 de la citada Ley.

Quinto: La presente Resolución podrá ser impugnada por los interesados en los casos y en forma previstos en la Ley de Procedimiento Administrativo.

Sevilla, 27 de septiembre de 1993.- El Consejero Mayor, José Cabrera Bazán.