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En el recurso núm. 2793/92 y 3393/92 (Acumulados) interpuesto por Dª Eva María Capitas Pérez y otros y D. Víctor A. Díez Mazo y otros (respectivamente), se ha dictado sentencia con fecha 10.2.93. cuya parte dispositvia literamente dice:
«Fallo: Que debemos desestimar el recurso interpuesto por el Procurador Sr. López de Lemus en nombre y representación de Dª Eva María Capitas Pérez y Otros, y el Procurador Sr. García Sainz en nombre y representación de D. Víctor A. Díez Mazo y otros, contra la Orden de 21.5.92 de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta que realiza convocatoria pública para la provisión de plazas situadas en la Comunidad Autónoa Andaluza, en el Cuerpo de Maestros, por no vulnerar los arts. 14 y
23.2 de la C.E., imponiendo las costas la recurrente¯.
Esta Consejería, de conformidad con lo dispuesto en los artículos
103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, ha dispuesto que se cumpla en sus propios términos la referida Sentencia en lo que a esta Consejería respecta.
Sevilla, 17 de septiembre de 1993.- El Consejero, (P.D. O. de 17.2.88).- El Viceconsejero, Juan Carlos Cabello Cabrera.
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