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Para general conocimiento se hace público en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada, en fecha 12 de febrero de 1990, por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, resolviendo el Recurso núm. 2981/87, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor literal:
Fallamos: «Que debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por D. Miguel Angel Escribano López contra las resoluciones de las Consejerías de Gobernación y Presidencia de la Junta de Andalucía de fechas
10 de junio de 1986 y 24 de junio de 1987 conformes con el ordenamiento jurídico. Sin costas. Y a su tiempo, con certificación de esta sentencia para su cumplimiento, devuélvase el expediente administrativo al lugar de procedencia¯.
Sevilla, 25 de enero de 1993.- El Director General, Juan Pedro Gómez Jiménez.
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