Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 11 de 2/2/1993

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 11 de enero de 1993, por la que se establece un nuevo plazo para la constitución de las Comisiones Provinciales de Conciertos.

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Los apartados octavo y tercero, respectivamente, de las Ordenes de esta Consejería de Educación y Ciencia de 19 de diciembre de 1992, por las que se dictan normas para la aplicación del régimen de conciertos educativos a partir del curso académico 1993/94 y por las que se dan instrucciones para la aplicación del régimen de conciertos con Escuelas Hogar para el curso 1993/94, establecen, respectivamente, que las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación y Ciencia someterán las solicitudes presentadas a las Comisiones Provinciales de Conciertos Educativos o a las Comisiones Provinciales de Conciertos con Escuelas Hogar, según los casos.

Los apartados noveno y cuarto, respectivamente, de las referidas Ordenes disponen que las mencionadas Comisiones Provinciales se constituirán dentro de los diez días siguientes a la publicación de las mismas en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Resultando que dicha publicación se ha llevado a cabo el día 31 de diciembre de 1992.

Resultando que la mencionada publicación ha coincidido con un período no lectivo, de acuerdo con el calendario escolar vigente. Considerando la dificultad de constitución de las mismas, ante la imposibilidad de designar a los representantes de los distintos agentes sociales en las mencionadas Comisiones Provinciales de Conciertos, por la causa mencionada. Esta Consejería de Educación y Ciencia, a propuesta de sus Delegaciones Provinciales y de diversos sectores de la comunidad educativa, ha dispuesto:

Artículo Unico.

Las Comisiones Provinciales de Conciertos, a que se refieren las Ordenes de esta Consejería de Educación y Ciencia de 18 de diciembre de 1992, por la que se dictan normas para la aplicación del régimen de conciertos educativos a partir del curso académico 1993/94 y por la que se dan instrucciones para la aplicación del régimen de conciertos con Escuelas Hogar para el curso 1993/94, se entenderán válidamente constituidas, si dicha constitución se lleva a cabo con anterioridad al día 9 de febrero de 1993.

Sevilla, 11 de enero de 1993.- El Consejero. P.D. (Orden

17.2.88), El Viceconsejero, Juan Carlos Cabello Cabrera.

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