Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 111 de 14/10/1993

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 22 de septiembre de 1993, por la que se concede ampliación de unidades al Centro Privado de Bachillerato Sagrada Familia de Granada.

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Visto el expediente instruido por Dª Josefina Jiménez Benavides, como Directora y representante del Centro Privado de Bachillerato «Sagrada Familia¯, con domicilio en c/ Santa Bárbara nº 14, de Granada, en solicitud de autorización de ampliación de su capacidad.

HECHOS:

Primero. Con fecha 18 de junio de 1991, la Directora del Centro solicita autorización de ampliación de una unidad.

Segundo. El Centro fue clasificado definitivamente en la categoría académica de homologado por O.M. de 26 de septiembre de 1978 con una capacidad de 9 uds./360 puestos escolares ampliándose posteriormente, por O.M. de 11 de marzo de 1982, quedando fijada su capacidad en 11 unidades y 440 puestos escolares.

Tercero. La Delegación Provincial de Educación y Ciencia de Málaga eleva propuesta favorable de resolución en fecha 15 de enero de 1992, acompañada de los informes de los servicios correspondientes.

Cuarto. Aun cuando las Ordenes de 14 de agosto de 1975 y de 8 de mayo de 1978 han sido derogadas por la Disposición Final Primera del R.D. 1004/1991, de 14 de junio, es lo cierto que el expediente de ampliación del Centro «Sagrada Familia¯ fue iniciado estando dichas órdenes en vigor y al amparo de lo dispuesto en las mismas.

FUNDAMENTOS JURIDICOS:

Primero. Son de aplicación a este expediente las siguientes disposiciones:

Ley Orgánica reguladora del Derecho a la Educación, de 3 de julio de 1985 (BOE del 4).

Real Decreto 1004/1991, de 14 de junio (BOE del 26), por el que se establecen los requisitos mínimos de los Centros que impartan enseñanzas de régimen general no universitarias. Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA del 20), sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General.

Segundo. De los informes emitidos por el Servicio de Inspección Educativa y el Departamento Técnico del Servicio de Programas y Obras, de la Delegación Provincial de Educación y Ciencia de Granada, se deduce que el Centro reúne los requisitos necesarios para la concesión de la ampliación solicitada. Por todo ello, esta Consejería ha resuelto: Conceder la ampliación de una unidad al Centro que se relaciona a continuación:

Provincia: Granada

Municipio: Granada

Localidad: Granada

Denominación: «Sagrada Familia¯

Domicilio: c/ Santa Bárbara, nº 14

Titular: Misioneras Siervas de San José

Clasificación con carácter definitivo como Centro Homologado de Bachillerato con 12 unidades y 480 puestos escolares, modificándose las Ordenes de 26 de septiembre de 1978 y de 11 de marzo de 1982, en cuanto a su capacidad.

Los nuevos datos se inscribirán en el Registro de Centros. Lo anterior se entiende sin perjuicio de la obligación del Centro de adaptarse, en cuanto al número de puestos escolares y relación máxima profesor/alumnos por unidad escolar, a lo dispuesto en el citado R.D. 1004/1991, de 14 de junio. Asimismo, el Centro deberá proceder a la sustitución de las enseñanzas a que se refiere esta Orden por las previstas en la Disposición Adicional 8ª, 2c, de la Ley Orgánica 1/1990, en la forma y plazos que se determinan en el R.D. 986/1991, de 14 de junio, por el que se aprueba el calendario de aplicación de la nueva Ordenación del Sistema Educativo, parcialmente modificado por el R.D. 535/1993, de 12 de abril (BOE de 4 de mayo). El Centro habrá de solicitar la oportuna revisión cuando haya variación de los datos que se especifican en la presente Orden, especialmente en cuanto a su capacidad, que no podrá sobrepasar sin nueva autorización.

Contra la presente Resolución que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses a partir de su notificación, recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, previa comunicación a esta Dirección General, conforme a lo establecido en los artículos 37.1 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Aministrativa, y 110.3 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 22 de septiembre de 1993

ANTONIO PASCUAL ACOSTA

Consejero de Educación y Ciencia

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