Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha
3 de mayo de 1993, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla, en el Recurso Contencioso-Administrativo núm.
4442/89, promovido por López Oña, S.A., sobre sanción cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
F A L L O
Que accediéndose a las pretensiones deducidas por López Oña, S.A., contra los acuerdos de 20 de junio de 1989 de la Delegación Provincial de Trabajo de Sevilla y de 11 de septiembre siguiente de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social, los anulamos por no estar ajustados a Derecho. Sin costas.
Sevilla, 27 de septiembre de 1993.- El Secretario General Técnico, Venancio Gutiérrez Colomina.
Descargar PDF