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El Decreto de la Consejería de Gobernación 117/89, de 31 de mayo, regula el procedimiento de concesión de subvenciones a Corporaciones Locales y a Entidades sin ánimo de lucro que realicen actividades relacionadas directamente con las competencias que tiene asignadas esta Consejería.
La Orden de 2 de junio de 1989, modificada por la de 11 de marzo de 1992, delega en los Delegados de la Consejería la competencia de otorgar dichas subvenciones hasta una cuantía de 5.000.000 de pesetas.
En uso de atribuciones conferidad y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18.5 de la Ley 4/1992, de 30 de diciembre, de Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1993,
D I S P O N G O
Primero. Se hace pública la relación de subvenciones concedidas al amparo del Decreto 117/89, de 31 de mayo, que figura en el Anexo a la presente Resolución.
Segundo: Las Corporaciones y Entidades beneficiarias quedan obligadas al cumplimiento de lo dispuesto en el artículo
2? del citado Decreto.
Granada, 16 de septiembre de 1993.- El Delegado, Juan Santaella López.
ANEXO
ENTIDADES SIN ANIMO DE LUCRO
Entidad beneficiaria: Asociación de Vecinos Nuestra Señora de Montserrat
Subvención concedida: 100.000 ptas.
Entidad beneficiaria: Centro Artístico y Literario Subvención concedida: 200.000 ptas.
Entidad beneficiaria: Asociación de Vecinos Las Cruces Subvención concedida: 100.000 ptas.
Entidad beneficiaria: Asociación Granadina de Senegaleses «Amadou Bamba¯
Subvención concedida: 50.000 ptas.
Entidad beneficiaria: Asociación Granadina de Padres de Paralíticos Cerebrales
Subvención concedida: 500.000 ptas.
Entidad beneficiaria: Asociación Cultural Eurofriens Subvención concedida: 100.000 ptas.
Entidad beneficiaria: Asociación de Padres de Emigrantes Temporeros de Albuñuelas
Subvención concedida: 250.000 ptas.
Entidad beneficiaria: Asociación Las Palmeras del C.P. Arrayanes Subvención concedida: 100.000 ptas.
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