Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 115 de 23/10/1993

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº 4 DE GRANADA

EDICTO. (PP. 2720/93).

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El Magistrado-Juez accidental del Juzgado de Primera Instancia Número Cuatro de Granada.

Hace Saber: Que en este Juzgado de mi cargo, bajo el número 00277/1992, se siguen autos de Banco Hipotecario de España, a instancia de la Procuradora Dª Mª José García Anguiano, en representación de Banco Hipotecario de España, S.A., contra D. Juan Luis Gálvez Navarro y Mª Magdalena Djuma Ngounou, en reclamación de cantidad, en cuyas actuaciones se ha acordado sacar a la venta en primera y pública subasta, por término de veinte días y precio de su aval la(s) siguiente(s) finca(s) embargada(s) a l(a) demandado/a.

Haza de tierra calma de riego, en el sitio Vega Alta o del Carretero, del término de Lopera (Jaén), con extensión de tres fanegas y seis celemines, equivalentes a una hectárea noventa y nueve áreas y ochenta y una media centiáreas. Linda: Norte, con el Arroyo de las Casillas y Don Antonio Rodríguez Muñoz-Cobo, hoy sus herederos; Sur con tierra de Doña Concepción Navarro Rodríguez; Este, con más de Don Jacobo Navarro Rodríguez; y al Oeste, con el Arroyo Salado. Finca Registral n? 7.383. Ha sido valorada en cuatro millones trescientas ochenta mil pesetas.

La subasta tendrá lugar en la Sala de Audiencia de este Juzgado, el próximo día cinco de julio de mil novecientos noventa y cuatro a las diez horas, con arreglo a las siguientes condiciones:

1. El tipo del remate será de 4.380.000 pesetas, sin que se admitan posturas que no cubran las dos terceras partes de dicha suma.

2. Para poder tomar parte en la licitación deberán los licitadores consignar previamente en la mesa del Juzgado o establecimiento que se destine al efecto el veinte por ciento del tipo del remate.

3. Podrán hacerse posturas por escrito, en pliego cerrado, desde el anuncio de la subasta hasta su celebración, depositando en la mesa del Juzgado, junto con aquél, el veinte por ciento del tipo del remate.

4. Podrá hacerse el remate a calidad de ceder a un tercero.

5. Se reservarán en depósito a instancia del acreedor las consignaciones de los postores que no resultaren rematantes y que lo admitan y hayan cubierto el tipo de la subasta, a efectos de que, si el primer adjudicatario no cumpliese la obligación, pueda aprobarse el remate a favor de los que le sigan por el orden de sus respectivas posturas.

6. Los títulos de propiedad, suplidos por certificación del Registro, se encuentran de manifiesto en la Secretaría del Juzgado, debiendo los licitadores conformarse con ellos, sin que puedan exigir otros.

7. Las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del actor, quedarán subsistentes y sin cancelar, entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate.

8. Para el supuesto de que resultara desierta la primera subasta, se señala para que tenga lugar la segunda el próximo doce de septiembre de mil novecientos noventa y cuatro, a las diez horas, en las mismas condiciones que la primera, excepto el tipo del remate que será del setenta y cinco por ciento del de la primera; y, caso de resultar desierta dicha segunda subasta, se celebrará una tercera, sin sujeción a tipo, el día diez de octubre de mil novecientos noventa y cuatro, también a las diez horas, rigiendo para la misma las restantes condiciones fijadas para la segunda.

Dado en Granada, catorce de julio de mil novecientos noventa y tres.- El Secretario.

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