Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 116 de 26/10/1993

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 18 de octubre de 1993, por la que se concede subvención específica por razón del objeto a la Fundación Universitaria-Empresa para el desarrollo de actividades formativas en educación ambiental.

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El Programa de Educación Ambiental Aldea de la Consejería de Educación y Ciencia y la Agencia de Medio Ambiente establece como objetivo general potenciar la sensibilidad y el conocimiento sobre el medio ambiente, su problemática específica y el tratamiento didáctico de la Educación Ambiental en los Centro Educativos andaluces.

Para hacer posible una mejor integración de la Educación Ambiental en el Sistema Educativo es necesario contar con la cualificación profesional de Técnicos y docentes con responsabilidades en el diseño y programación de la enseñanza referida a esta temática específica.

La Fundación Universidad-Empresa, en colaboración con la Universidad Nacional de Educación a Distancia, viene organizando un "Master de Educación Ambiental", cuyo objetivo es formal personal altamente cualificado en el análisis de la problemática ambiental contemporánea y en el diseño, gestión y evaluación de programas de Educación Ambiental, siendo el único master de Educación Ambiental que se desarrolla en el estado español.

Dada la importancia e interés que esta Consejería atribuye a dicha actividad, habida cuenta que existe crédito presupuestario para conceder la ayuda, y de conformidad con el artículo 18.3 de la Ley 4/92 del presupuesto para la Comunidad Autónoma para 1993 no siendo posible promover la concurrencia por la naturaleza específica del objeto a subvencionar, esta Consejería de Educación y Ciencia

HA DISPUESTO

Artículo Primero.- Conceder subvención específica por razón del objeto para la formación en Educación Ambiental de Técnicos de esta Consejería con cargo a la aplicación presupuestaria 03.480.02.42A.4.0000.00, a la Fundación Universidad-Empresa de Madrid por importe de 1.200.000 pesetas.

Artículo Segundo.- Dicha entidad deberá justificar la correcta inversión de la ayuda recibida mediante la presentación de la siguiente documentación.

a)Certificado acreditativo de que el importe de la subvención ha quedado registrado en su contabilidad.

b)Certificado en el que haga constar que el importe de la ayuda ha sido destinado en su integridad a las finalidades para las que se concedió.

c)Justificante del gasto realizado imputable a la ayuda concedida.

Esta documentación deberá ser remitida en el plazo de tres meses a partir de la fecha de pago.

Sevilla, 18 de octubre de 1993

ANTONIO PASCUAL ACOSTA

Consejero de Educación y Ciencia

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