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Incoado expediente sancionador núm. SE/4/91 BO., y formulada por el Director General de Política Interior la correspondiente Resolución, habida cuenta que no ha sido posible la notificación en su último domicilio conocido, de conformidad con el art.
59.4 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica la citada Resolución, significándole que la misma así como la Propuesta de Resolución quedarán de manifiesto para el interesado en la Delegación de Gobernación de Sevilla, sita en Avda. de La Palmera 24, durante un plazo de 10 días hábiles, contados a partir de la presente notificacion: Examinado el expediente sancionador núm. SE/4/91 BO., seguido a D. Antonio Nogales Nogales, con domicilio en c/ San Bartolomé 19, de Villanueva de la Serena (Badajoz). Resultando: Que con fecha 26 de marzo de 1993, el Instructor del expediente de referencia formuló propuesta de resolución, la cual se ajusta en sus términos a lo previsto en el art. 38.2 de la Ley 2/86 de 19 de abril, del Juego y Apuestas de la Comunidad Autónoma de Andalucía (LJACAA).
Resultando: Que en la tramitación del expediente se han observado todas las prescripciones legales, en especial el procedimiento sancionador establecido en el Título VIII de la mencionada Ley 2/86 del Juego y Apuestas de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Considerando: Que en el art. 39 de la citada ley 2/86, LJACAA, se establece que la conformidad del órgano competente para resolver elevará a resolución la propuesta formulada en los términos legales.
Vistos: El Decreto 273/84, de 23 de octubre, sobre regulación del ejercicio de las competencias transferidas a la Junta de Andalucía en materia de Casinos, Juegos y Apuestas; la Ley
34/87, de 26 de diciembre de potestad sancionadora de la Administración Pública en materia de juego de suerte, envite o azar; El Decreto 322/88, de 22 de noviembre, por el que se modifica parcialmente la estructura básica de la Consejería de Gobernación regulada por Decreto 62/88 de 2 de marzo; y demás normas de general aplicación.
Esta Dirección General Resuelve:
Primero: Elevar a Resolución la propuesta formulada por la Instrucción del expediente SE/4/91/BO., seguido a Don Antonio Nogales Nogales, D.N.I.: 15.968.884, con domicilio en c/ San Bartolomé núm. 19 de Villanueva de la Serena (Badajoz), imponiendo la/s sanción/es siguiente/s: multa de cinco millones una ptas. (5.00.001 ptas.) y la inutilización de la máquina objeto del presente expediente.
Segundo: Que se notifique la presente Resolución al interesado por la Delegación de Gobernación, acompañada de la propuesta a que se hace referencia.
La sanción deberá hacerse efectiva en la Delegación de Gobernación de la Junta de Andalucía de la provincia de Sevilla, en el plazo de 15 días contados desde el siguiente a la notificación de esta Resolución, con apercibimiento de que si no consta en dicha Delegación el pago de la sanción en el plazo señalado, se procederá a certificar el descubierto para su cobro por la Consejería de Hacienda en vía de apremio. Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de 15 días, con los requisitos señalados en el art. 122 y siguientes de la vigente Ley de Procedimiento Administrativo ante el Excmo. Consejero de Gobernación de la Junta de Andalucía. La interposición de recurso de alzada no suspenderá la ejecución de esta Resolución, que es inmediatamente ejecutiva de conformidad con lo establecido en el art. 101 de la Ley de Procedimiento Administrativo, en relación con los arts. 33 y 34 de la Ley de Régimen Jurídico de la Administración del Estado de 26 de julio de 1957.
Sevilla, 5 de enero de 1993.- El Delegado, P.O. (22.4.93), El Director General de Política Interior, Fabriciano Torrecilla García.
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