Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 118 de 30/10/1993

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 30 de septiembre de 1993, por la que se prorrogan becas de formación de personal investigador, dentro del Plan Andaluz de Investigación, correspondiente a la convocatoria de 1990.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Concluyendo el tercer período de disfrute de la Beca de Formación de Personal Investigador, dentro del Plan Andaluz de Investigación, correspondiente a la Convocatoria de 1990, Orden de 29 de enero de 1990 (BOJA núm. 14 de 13 de febrero), esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto:

Primero. Prorrogar el disfrute de Beca de Formación de Personal Investigador de la citada convocatoria a los beneficiarios de las mismas, que figuran en el Anexo adjunto, a partir del 1 de octubre de 1993 al 30 de septiembre de 1994.

Segundo. La dotación de la beca, con una duración de doce meses, cubrirá los siguientes aspectos:

1. Una asignación de 95.000 pesetas brutas mensuales. 2. Seguro combinado de accidentes individuales, intervención quirúrgica, hospitalización y asistencia médica. Este último es extensible al cónyuge e hijos del beneficiario siempre que no posean cobertura de la Seguridad Social.

3. Ayuda complementaria de 10.000 pesetas mensuales para el Departamento o Centro donde el beneficiario realice sus investigaciones.

La percepción de la beca será incompatible con cualquier otra retribución, beca o ayuda no autorizada expresamente por la Dirección General de Universidades e Investigación.

Tercero. Los beneficiarios están obligados a: a) Desarrollar eficazmente el Plan de Trabajo presentado, de conformidad con las indicaciones del Director del Proyecto. b) Enviar a la Dirección General de Universidades e Investigación una memoria anual sobre el desarrollo de la investigación, en la que deberá constar la conformidad del Director del Proyecto. c) Una vez finalizado el período para el que se ha concedido la beca, deberá presentar a la Dirección General de Universidades e Investigación una memoria final sobre la labor realizada con la valoración del Director del Proyecto. La no observancia de estas normas supondrá la anulación de la beca concedida.

Sevilla, 30 de septiembre de 1993

ANTONIO PASCUAL ACOSTA

Consejero de Educación y Ciencia

A N E X O

UNIVERSIDAD DE SEVILLA

Apellidos y nombre: Alcaide Lara, Esperanza Rocío D.N.I.: 27.292.807

Apellidos y nombre: Algaba González, Concepción D.N.I.: 27.292.068

Apellidos y nombre: Arista Palmero, Montserrat D.N.I.: 28.473.970

Apellidos y nombre: de Paz Báñez, Mª Violante D.N.I.: 29.777.111

Apellidos y nombre: Garzón Villar, Andrés D.N.I.: 28.865.105

Apellidos y nombre: Jiménez Nieva, Francisco Javier D.N.I.: 76.775.823

Apellidos y nombre: Pérez de la Cruz, María Cristina D.N.I.: 29.478.260

Apellidos y nombre: Silva Pérez, Rocío

D.N.I.: 28.716.050

Apellidos y nombre: Sousa Martín, Carolina

D.N.I.: 75.407.725

Apellidos y nombre: Toledo Morales, Purificación

D.N.I.: 28.702.067

C.S.I.C.

Apellidos y nombre: Alvarez Romo, Rafael

D.N.I.: 28.881.065

Apellidos y nombre: Centeno Gallego, Miguel Angel

D.N.I.: 28.583.875

Descargar PDF