Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 118 de 30/10/1993

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 11 de octubre de 1993, por la que se convocan actividades de Educación Ambiental en Equipamientos para el curso escolar 93/94.

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El Programa de Educación Ambiental "Aldea" de la Consejería de Educación y Ciencia y la Agencia de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía contempla como una línea de actuación

básica la utilización de los recursos del medio por parte de los centros educativos. Consciente de la riqueza de recursos educativos existentes en nuestra Comunidad que, a través de instalaciones permanentes o equipos profesionales distintos, ofrecen una variedad de programas de Educación Ambiental adaptados a las distintas etapas del Sistema Educativo, es intención del Programa Aldea potenciar el conocimiento y utilización de este tipo de recursos entre los centros docentes de Andalucía. Estos recursos pueden y deben jugar un importante papel, como enriquecimiento pedagógico del trabajo dentro y fuera del aula, y cooperar en los procesos de motivación y dinamización para el tratamiento cada vez más sistemático e integrado de la Educación Ambiental en el Sistema Educativo.

En este contexto, y recogiendo la experiencia de anteriores convocatorias de actividades de Educación Ambiental, esta Consejería de Educación y Ciencia pretende potenciar la oferta educativa de la utilización de los recursos del medio por parte de los centros docentes de nivel no universitario de la Comunidad Autónoma de Andalucía, como un referente esencial para motivar en la Comunidad Escolar la inclusión de una dinámica de trabajo que tenga en consideracón a la Educación Ambiental, como elemento básico en su quehacer educativo habitual.

En virtud de lo anterior, D I S P O N G O:

Primero. Convocar para el curso escolar 93-94 las siguientes actividades de Educación Ambiental en equipamientos, durante el primer semestre de 1993 conforme a las siguientes modalidades: Modalidad A. Podrán participar en esta modalidad grupos de alumnos de nivel no universitario a partir del Segundo Ciclo de la Educación Primaria. EGB, Enseñanzas Medias, E.S.O. y Educación de Adultos.

1. «La Escuela en Doñana¯ a desarrollar en turnos de 4 días en el Parque Nacional de Doñana (Huelva). 2. «Aula de Naturaleza el Cantalar¯ a desarrollar en turnos de 5 días en el Parque Natural de las Sierras de Cazorla, Segura y las Villas (Jaén).

3. «Aula de Naturaleza el Higuerón de Tavizna¯ a desarrollar en turnos de 5 días en el Parque Natural Sierra de Grazalema (Cádiz).

4. «Aula del Mar¯ a desarrollar en turnos de 4 días en Málaga.

5. «Granjas Escuela¯ a desarrollar en turnos de 5 días en diferentes instalaciones de este tipo en la Comunidad Autónoma Andaluza.

Modalidad B. Podrán participar en esta modalidad grupos de alumnos pertenecientes a los niveles del 2º Ciclo de E. Infantil y 1º Ciclo de E. Primaria.

En esta modalidad B la actividad ofertada es la estancia de

1 día de duración en una granja-escuela perteneciente a la provincia del centro solicitante.

Segundo. Podrán solicitar su participación los centros financiados con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía para alumnos/as matriculados en 2º Ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, transitoriamente en E.G.B. y Enseñanzas Medias, así como Educación de Adultos, en grupos de alumnos/as acompañados de profesor/es del centro solicitante. Los grupos podrán estar constituidos por 20 alumnos/as y un profesor/a, o bien por 40 alumnos/as y dos profesores/as acompañantes. En el caso de que el grupo clase no alcance los módulos de 20 ó 40, los grupos podrán completarse con otros alumnos/as del centro pertenecientes al mismo nivel educativo o edad. El profesor/a será el tutor de los alumnos/as, o algún miembro del equipo docente que imparta clases al grupo de alumnos/as.

Tercero. Las solicitudes se realizarán según el modelo del Anexo I de la presente Orden, y se acompañarán necesariamente de Certificación del Consejo Escolar del Centro en la que se apruebe la participación del centro en la actividad solicitada. Además el centro solicitante deberá presentar una Propuesta Didáctica en la que se justifique su participación en la actividad solicitada, según el modelo del Anexo II de la presente Orden. Cada centro podrá solicitar más de una actividad de Educación Ambiental en equipamientos y más de un grupo de alumnos peticionarios, siendo necesaria la autorización de los padres de los alumnos que realicen la actividad, las cuales quedarán en poder de los profesores acompañantes.

Cuarto. El plazo de presentación de las solicitudes será de

30 días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la presente Orden. Las solicitudes deberán dirigirse al Ilmo. Sr. Viceconsejero de Educación y Ciencia (Programa Aldea), presentándose en el Registro General de la Consejería de Educación

y Ciencia (Av. República Argentina 21, 3ª planta - 41011 Sevilla), o bien por cualesquiera de las vías expuestas en el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común actualmente vigente, o en el artículo 51 de la Ley del Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma. Caso de presentar la solicitud en oficina de Correos, deberá entregarse la documentación en sobre abierto para que sea sellada y fechada de Certificado por el funcionario de Correos.

Quinto. Para la selección de los centros se constituirá una Comisión Seleccionadora, presidida por el Ilmo. Sr. Viceconsejero de Educación y Ciencia o persona en quien delegue, y compuesta por un miembro del Servicio de Educación Compensatoria

de la Dirección General de Ordenación Educativa, dos miembros del Programa de Educación Ambiental de la Consejería de Educación y Ciencia, un técnico de la Agencia de Medio Ambiente, y un director de centro no solicitante, actuando uno de ellos como Secretario.

Sexto. La Comisión Seleccionadora resolverá antes del 15 de febrero, los centros seleccionados de cada provincia en cada una de las actividades de Educación Ambiental convocadas, con indicación de la fecha de realización de la estancia en la instalación educativa. Para la resolución de la convocatoria se considerarán de modo preferente los criterios de: las características socioeconómicas y culturales de la zona en que esté ubicado el

centro docente; el estar participando en proyectos de innovación y/o seminarios permanentes de Educación Ambiental; el grado de implicación de la Propuesta Didáctica en la Programación General del Curso; y el no haber disfrutado de la participación en equipamientos a través de esta Consejería en cursos anteriores.

Séptimo. La Consejería de Educación y Ciencia, facilitará a los centros participantes los medios de alojamiento, manutención, y personal para el desarrollo de las actividades, junto con los materiales didácticos necesarios y la formación adecuada para el profesorado seleccionado. Por otro lado los centros participantes correrán con los gastos de transporte; teniendo en cuenta que para las actividades de La Escuela en Doñana y Aula del Mar, el autobús permanecerá con el grupo los días de actividad.

Octavo. Para el adecuado desarrollo de las actividades de Educación Ambiental, es prioritaria la implicación y participación activa del profesorado en las mismas, para lo cual los profesores/as de los centros participantes se comprometen a desarrollar un Proyecto de Actividades de Educación Ambiental con las siguientes fases:

a) Preparación previa con los alumnos en el centro escolar, con el apoyo del material didáctico que se proporcione desde la Consejería de Educación y Ciencia y de la Agencia de Medio Ambiente, y/o desde las instalaciones de Educación Ambiental. b) Los profesores/as seleccionados por la modalidad A, se comprometerán a asistir a un curso de formación de tres días de duración en período lectivo, previo a la estancia con sus alumnos en el equipamiento.

c) Trabajo de Campo durante la realización de la estancia en período lectivo según los turnos de cada programa educativo. d) Evaluación posterior en el centro escolar redactando una Memoria Evaluadora, que remitirán a la Viceconsejería de Educación y Ciencia (Programa Aldea).

Sevilla, 11 de octubre de 1993

ANTONIO PASCUAL ACOSTA

Consejero de Educación y Ciencia

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