Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 12 de 4/2/1993

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 30 de enero de 1993, por la que se hace pública la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo de ingreso a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y Profesores Técnicos de Formación Profesional en la Comunidad Autónoma de Andalucía, en las modalidades de movilidad del Grupo B al Grupo A y de ingreso a la Función Pública Docente.

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De conformidad con lo preceptuado en los puntos 7.1 y 7.2 de la Orden de la Consejería de Educación y Ciencia de 21 de mayo de 1992, por la que se realiza convocatoria pública para el ingreso en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y Profesores Técnicos de Formación Profesional, en las modalidades de movilidad del Grupo B al Grupo A y de ingreso a la Función Pública Docente.

Revisados los recursos interpuestos contra las Resoluciones de 5 de agosto de 1992 y de 12 de agosto de 1992, por la que se hicieron públicos los listados definitivos correspondientes a la baremación de los méritos aportados por los participantes en el proceso selectivo, en las modalidades de movilidad del grupo B al grupo A e ingreso a la Función Pública Docente respectivamente, y resuelto los que han sido estimados.

Esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto:

1º Hacer pública la lista por especialidades de los aspirantes que han superado el proceso selectivo por la modalidad de movilidad del grupo B al grupo A, con indicación de la puntuación total obtenida, según Anexo I a la presente Orden.

2º Hacer públicas las listas por especialidades de los aspirantes que han superado el proceso selectivo por la modalidad de ingreso en la Función Pública Docente, con indicación de la puntuación total obtenida, según los siguientes Anexos:

Anexo II.........Profesores de Enseñanza Secundaria Anexo III........Profesores Técnicos de F.P. Anexo IV........profesores de Música y Artes Escénicas Anexo V.........Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas Anexo VI.......Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas ......................y Diseño

3º Nombrar con carácter provisional, funcionarios en prácticas de los citados Cuerpos a los aspirantes que figuran en los Anexos a que se hace referencia en el apartado 2º de esta Orden.

4º A los opositores relacionados en el Anexo I de la presente Orden, les será de aplicación, en cuanto a la realización de la fase de prácticas, lo establecido en la Disposición Adicional Decimosexta, punto 2, de la L.O.G.S.E.

5º Abrir un plazo de 20 días naturales para que los aspirantes seleccionados presenten los documentos enumerados en la base 8ª de la Orden de 21 de mayo de 1992.

6º Se anularán las actuaciones relacionadas con quienes, dentro del plazo fijado, no presenten la documentación o del examen de la misma se deduzca que carecen de alguno de los requisitos señalados en la Base 11 de la Orden de 21 de mayo de 1992, para los aprobados por el turno de movilidad del grupo B al grupo A y Base 2 de dicha Orden para los que hayan superado el procedimiento por la modalidad de ingreso a la Función Pública Docente.

7º Los profesores que en la actualidad se encuentren prestando servicios en destinos provisionales adjudicados por la Dirección General de Personal, realizarán la fase de prácticas en los mismos. Aquellos profesores que no se encuentren en la situación indicada, realizarán la mencionada fase de prácticas en los destinos provisionales que a tal efecto se les adjudiquen. Aquéllos que por encontrarse cumpliendo el Servicio Militar, por gestación o por causas de fuerza mayor, necesiten aplazamiento para incorporarse a la fase de prácticas en sus destinos provisionales, deberán solicitarlo por escrito a la Dirección General de Personal, acompañando los documentos justificativos.

8º Sin menoscabo de lo establecido en la Base II de la

Orden de 17 de octubre de 1992, BOJA núm. 109 de 27 de

octubre, del profesorado relacionado en los Anexos a esta Orden, queda obligado a participar en el Concurso de Traslados para la obtención de destino definitivos, conforme se establece en el punto 8.7 de la Orden de 21 de mayo de 1992.

Asimismo y conforme a lo dispuesto en punto sexto de la Baes II de la citada Orden de 17 de octubre de 1992, dispondrán de un plazo de 15 días hábiles contados a partir del

siguiente a la publicación de esta Orden, para presentar las correspondientes instancias de participación.

9º Aquellos seleccionados que debiendo incorporarse al

destino provisional en el plazo de 5 días a partir de la comunicación del mismo, no lo hagan, se entenderá que renuncian a los derechos que como consecuencia de la superación del proceso selectivo pudieran corresponderles.

10º Los aspirantes que hayan superado el proceso selectivo por dos o más Cuerpos o por dos o más especialidades del mismo Cuerpo, deberán ejercitar opción por uno de los puestos mediante instancia dirigida a la Dirección General de Personal, en el plazo de 10 días contados a partir de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, pudiendo solicitar prórroga para la realización del periodo de prácticas en el otro puesto.

11º Aquellos aspirantes que hayan superado el proceso selectivo para ingreso en un mismo cuerpo y especialidad, en convocatoria correspondiente a distintas Administraciones

Educativas, deberán, en el plazo de 10 días contados a partir de la publicación de esta Orden, optar una de ellas mediante instancia dirigida a la Dirección General de Personal, renunciando a todos los derechos que pudieran corresponderle por su participación en las restantes. De no realizar esta opción, la aceptación del primer nombramiento como funcionario en prácticas se entenderá como renuncia tácita a las restantes.

12º De acuerdo con el apartado 6.12 de la Orden de 21

de mayo de 1992, la recuperación de la documentación presentada podrán realizarla los opositores por sí o por persona

debidamente autorizada, en el Servicio de Gestión de Personal Docente de Secundaria y Enseñanzas de Régimen Especial, Avda. República Argentina 23 de Sevilla, 41011, en el plazo de un mes contado a partir de la finalización del plazo marcado en el último punto de esta Orden, salvo que exista reclamación por parte de algún opositor, en cuyo caso podrá ser retenida a efectos de comprobación o prueba. De no ser retirada en el plazo señalado se entenderá que el aspirante renuncia a su recuperación decayendo, por tanto, en su derecho a ello.

13º Se faculta a la Dirección General de Personal para

adoptar cuantas medidas e instrucciones sean necesarias para el desarrollo de esta Orden.

14º Contra la presente orden se podrá formular recurso de reposición ante la Consejería de Educación y Ciencia en el plazo de un mes, a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con el artículo 126 de la Ley de Procedimiento Administrativo de 17 de julio de 1958 y el artículo

52 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956.

Sevilla, 30 de enero de 1993

ANTONIO PASCUAL ACOSTA

Consejero de Educación y Ciencia

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

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