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Vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión Provincial de Precios de Sevillla y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados,
D I S P O N G O
Autorizar las tarifas de Taxis que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Unión Local de Taxis de Castilleja de la Cuesta (Sevilla) Concepto.................................................Tarifas Autorizadas ................................................................IVA incluido
A) Tarifa ordinaria:
Bajada de bandera.....................................100 ptas. Por cada Km. recorrido...............................57 ptas. Por cada hora de espera........................1.350 ptas.
B) Suplementos normales:
Días festivos de 0 a 24 horas..................65 ptas. Días laborables servicio nocturno de 22 a 6 horas......65 ptas.
C) Carrera mínima........................................250 ptas.
Esta Orden surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 28 de diciembre de 1992
JAIME MONTANER ROSELLO
Consejero de Economía y Hacienda
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