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De Orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha
18 de noviembre de 1992, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla, en el Recurso Contencioso-Administrativo núm. 3500/91, promovido por Tranvías de Cádiz a San Fernando y Carraca, S.A., sobre Sanción cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
FALLO:
Estimamos la demanda interpuesta por «Tranvías de Cádiz a San Fernando y Carraca, S.A.¯ contra la Consejería de Trabajo de la Junta de Andalucía, y en consecuencia, anulamos y dejamos sin efecto las resoluciones impugnadas, que son contrarias al ordenamiento jurídico, sin pronunciamiento de condena en cuanto al pago de las costas.
Sevilla, 25 de enero de 1993.- El Secretario General Técnico, Venancio Gutiérrez Colomina.
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