Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 120 de 6/11/1993

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

ORDEN de 20 de octubre de 1993, por la que se conceden subvenciones a las entidades locales territoriales que se expresan, para la ejecución de obras de infraestructura e instalación de servicios.

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El Decreto 117/89, de 31 de mayo, regula la concesión de subvenciones por parte de esta Consejería de Gobernación, encontrándose previstas en el mismo, entre otras, aquéllas que se otorgaren a las Corporaciones Locales con destino a gastos de inversión en obras o servicios cuya finalidad esté relacionada directamente con las competencias asignadas a la Consejería de Gobernación.

Por los Ayuntamientos que se relacionan en el Anexo adjunto se han formulado las correspondientes peticiones para la concesión de esta clase de subvenciones, al amparo del citado Decreto.

Vistos los expedientes tramitados al respecto por la Dirección General de Administración Local y Justicia y teniendo en cuenta las atribuciones que me están conferidas por el Decreto

117/89, de 31 de mayo, que regula la concesión de estas subvenciones, así como las facultades que se me otorgan por la Ley

5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en la redacción dada por las Leyes 9/1987, de 9 de diciembre, 6/1990, de 29 de diciembre y 4/1992, de 30 de diciembre, del Presupuesto de esta Comunidad Autónoma para el presente ejercicio de 1993.

D I S P O N G O:

Primero. Conceder a cada uno de los municipios que se relacionan en Anexo adjunto a la presente Orden, por los importes que, asimismo, se expresan, una subvención con destino a sufragar gastos de ejecución de obras o instalación de servicios. Dichas subvenciones se abonarán con cargo a la aplicación presupuestaria

12.01.766.00.81A.

Segundo. Se declaran dichas subvenciones específicas por razón del objeto.

Tercero. Las obligaciones del beneficiario de las subvenciones concedidas por la presente Orden así como, en su caso, el reintegro, de las cantidades percibidas y el régimen sancionador se regularán por lo dispuesto en el artículo decimoctavo de la Ley 4/1992, de 30 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1993.

Cuarto. Las subvenciones serán justificadas ante la Consejería de Gobernación, Dirección General de Administración Local y Justicia, en el plazo de tres meses contados a partir de la fecha del pago y en la forma prevista en la Ley 4/1992, de 30 de diciembre y el Decreto 149/1988, de 5 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Intervención de la Junta de Andalucía.

Quinto. Se recaba la concesión de las subvenciones otorgadas por la presente Orden, sin perjuicio de la subsistencia de las delegaciones de competencia conferidas sobre esta materia.

Sexto. De la presente Orden se le dará conocimiento a las Corporaciones beneficiarias y se publicará en el BOJA a los efectos consiguientes.

Sevilla, 20 de octubre de 1993

ANGEL MARTIN-LAGOS CONTRERAS

Consejero de Gobernación

Provincia: Almería

Municipio Importe Armuña de Almanzora 1.000.000. Bayarque 1.000.000. Gallardos, Los 1.500.000. Huércal-Overa 1.000.000. Lúcar 1.000.000. Pulpí 1.500.000. Sorbas 2.000.000. Taberno 1.000.000. Turre 4.200.000.

Provincia: Cádiz

Municipio Importe Algodonales 1.000.000. Arcos de la Frontera 1.000.000. Barrios, Los 1.000.000. Puerto Serrano 250.000.

Provincia: Córdoba

Municipio Importe Almedinilla 1.000.000. Cabra 2.000.000. Carlota, La 1.000.000. Doña Mencía 2.000.000. Fuente Palmera (E.L.M. Fte. Carretero) 2.500.000. Guadalcázar 1.000.000. Lucena 1.000.000. Montoro 1.000.000. Peñarroya-Pueblonuevo 500.000.

Provincia: Granada

Municipio Importe Almuñécar 1.500.000. Baza 2.500.000. Benalúa de las Villas 1.000.000. Cájar 1.000.000. Campotéjar 1.000.000. Cogollos de Guadix 1.000.000. Cúlllar-Vega 1.000.000. Iznalloz 2.000.000. Lanteira 1.000.000. Lecrín 2.000.000. Loja 1.000.000. Orce 1.000.000. Pinos Genil 2.500.000. Torvizcón 1.000.000. Villanueva de las Torres 2.000.000.

Provincia: Huelva

Municipio Importe Alájar 750.000. Aljaraque 1.000.000. Arroyomolinos de León 1.000.000. Ayamonte 1.500.000. Bonares 1.000.000. Campillo, El 1.000.000. Castaño del Robledo 1.000.000. Cerro de Andévalo, El 1.000.000. Cortelazor 1.000.000. Cumbres Mayores 700.000. Gibraleón 1.000.000. Palos de la Frontera 1.000.000. Puebla de Guzmán 1.000.000. Puerto-Moral 500.000. Rociana del Condado 1.000.000. Santa Olalla de Cala 1.000.000. Zufre 700.000. .

Provincia: Jaén

Municipio Importe Baeza 1.000.000. Cabra de Santo Cristo 1.000.000. Frailes 1.000.000. Huelma 2.000.000. Linares 2.000.000. Orcera 1.000.000. Puerta de Segura, La 1.000.000. Torreperogil 1.000.000. .

Provincia: Málaga

Municipio Importe Antequera (E.L.M. VVA. Concepción) 4.000.000. Antequera (E.L.M. VVA. Concepción) 1.000.000. Archidona 1.000.000. Cañete la Real 1.000.000. Ronda 1.000.000. Villanueva de Algaidas 1.000.000.

Provincia: Sevilla

Municipio Importe Almadén de la Plata 1.000.000. Aznalcóllar 1.000.000. Brenes 1.200.000. Campana, La 700.000. Cuervo, El 500.000. Garrobo, El 1.000.000. Lantejuela 1.500.000. Molares, Los 1.000.000. Osuna 2.000.000. Pilas 1.000.000. Villanueva de San Juan 2.000.000. Villanueva Río y Minas 1.500.000. .

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