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Vistas las memorias presentadas por los becarios de Formación de Personal Bibliotecario de esta Universidad sobre la evaluación del trabajo realizado durante el segundo año de disfrute de beca, de conformidad con lo exigido en la norma cuarta de la Resolución de 15 de abril de 1991 por la que se convocaron dichas becas (BOJA de 17.5.91), este Rectorado ha dispuesto:
Primero. Prorrogar las becas de Formación de Personal Bibliotecario a los becarios que figuran en el anexo I, con efectos
1.9.93 a 31.8.94.
Segundo. La dotación de estas becas comprende: a) Una asignación mensual de 80.000 ptas. b) Seguro combinado de accidentes individuales, intervención quirúrgica, hospitalización y asistencia médica. Estas becas serán incompatibles con la percepción de cualquier otra retribución, beca o ayuda no autorizada expresamente por la Dirección General de Universidades e Investigación.
ANEXO I
Toledo Chinchilla, Aurora: 24..292.866
Rodríguez Cabello de los Cobos, Isabel M.: 30.519.588 Rodríguez Hidalgo, Dolores Ana: 30.198.408 Caballero Navas, Teresa: 24.236.104
Ortega Navarro, Teresa: 30.482.159
Redondo Baena, Angeles: 26.479.357
Zafra-Polo Carreras, Angeles: 30.484.935
Luna Callejas, Consolación: 30.474.038
Ecija Padilla, Victoria: 79.234.170
Castillejo González, Cora: 30.203.354
Peña Macías, Adela: 52.560.284
Garrido Tejederas, Fernanda: 30.511.766
Morales Algar, María Praxedes: 30.012.241 Nogales Rivera, Inés: 30.495.906
Higuera Martínez, Silvia de la: 24.224.363 Pulido Villegas, Angustias: 24.256.568
Puga Granados, Mercedes: 24.213.574
Ruiz de Julián, Inmaculada: 30.519.131
Reyes García, Manuel: 26.475.896
Córdoba, 30 de septiembre de 1993.- El Rector, Amador Jover Moyano.