Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 127 de 23/11/1993

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

RESOLUCION de 2 de noviembre de 1993, del Instituto Andaluz de Evaluación Educativa y Formación del Profesorado, sobre seguimiento de programas y actividades de formación del profesorado.

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Los distintos programas de formación y perfeccionamiento del profesorado que la Consejería de Educación viene desarrollando en los últimos años, y las numerosas actividades que los integran, suponen un gran esfuerzo conjunto de la Administración y del profesorado para lograr el objetivo de mejorar la calidad del servicio educativo y hacerlo más acorde con las demandas de la sociedad.

La necesaria variedad y flexibilidad de las distintas actividades realizadas por la Consejería de Educación, en colaboración con los grupos de trabajo, colectivos y asociaciones de profesores, obligan al establecimiento de mecanismos de seguimiento que garanticen la coordinación de las mismas y su ordenación para el logro de los fines perseguidos.

La Orden de 15 de julio de 1993 por la que se establece el Plan Anual de Formación Permanente del Profesorado de Andalucía para el curso

1993/1994, en su apartado 5, señala que la evaluación y seguimiento de los Planes de Formación se realizará según lo que establezca el Instituto Andaluz de Evaluación Educativa y Formación del Profesorado.

Igualmente la Orden de 7 de mayo de 1993, por la que se convocan actividades de formación en Centros y Actividades de autoperfeccionamiento dirigidas al Profesorado de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en su artículo 48, dispone que la continuidad del desarrollo de Proyectos de Innovación Educativa, Proyectos de Formación en Centros y Proyectos de Seminarios Permanentes, durante el curso 1994/1995 requerirá el preceptivo informe positivo de seguimiento. También establece que los gastos derivados de dicho seguimiento estarán incluídos en la cuantía de las ayudas económicas asignadas a cada proyecto. Finalmente contempla que el seguimiento de la realización de Escuelas de Verano, Jornadas Pedagógicas, Congresos, Simposios y demás actividades de Renovación Pedagógica se llevará a cabo por la Inspección Educativa según las instrucciones que dicte el Instituto Andaluz de Evaluación Educativa y Formación del Profesorado.

Por ello este Instituto Andaluz de Evaluación Educativa y Formación del Profesorado establece lo siguiente:

Primero.

Las actividades de formación y perfeccionamiento del profesorado realizadas o convocadas por la Consejería de Educación y Ciencia serán objeto de seguimiento, de acuerdo con lo establecido en la Orden de 15 de julio de 1993, por la que se establece el Plan Anual de Formación Permanente del Profesorado de Andalucía para el curso 1993-1994, la Orden de 7 de mayo de 1993, por la que se convocan actividades de formación en Centros y Actividades de autoperfeccionamiento dirigidas al Profesorado de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como en la presente Resolución.

Segundo

OBJETIVOS GENERALES DEL SEGUIMIENTO

Los objetivos generales del seguimiento a realizar de los distintos Programas y actividades de Formación del Profesorado son:

2.1. Convocar el grado de realización que presentan las distintas actividades.

2.2. Detectar los posibles problemas que se presenten en el desarrollo de las actividades.

2.3. Asesorar y servir de apoyo al Profesorado participante en las actividades de formación para la resolución de los posibles problemas y el mejor desarrollo de la actividad.

2.4. Informar del desarrollo de las actividades a las instituciones responsables de la formación permanente.

2.5. Difundir los resultados obtenidos con el seguimiento realizado a todos los participantes y a la comunidad escolar en general.

2.6. Mejorar y adecuar el proceso de formación a través de la reflexión sobre el mismo.

Tercero

PROGRAMACION PROVINCIAL DE LAS ACTIVIDADES DE SEGUIMIENTO.

Para el correcto desarrollo del seguimiento de las actividades de formación permanente, la Comisión Técnica Provincial de Renovación Pedagógica, a la que se refiere el apartado 2 de la Orden de 15 de julio de 1993, por la que se establece el Plan Anual de Formación Permanente del Profesorado de Andalucía para el curso 1993-1994, fijará las medidas de concreción y aplicación de lo dispuesto en esta Resolución, para las actividades que, de acuerdo con las posibilidades existentes en cuanto a recursos personales y económicos, sean objeto de seguimiento, atendiendo principalmente a los siguientes aspectos:

3.1. Establecimiento de un Programa de Seguimiento, en el que, en cualquier caso, se contemplará la actuación de los Centros de Profesores, los coordinadores/as provinciales de los distintos programas, los Asesores/as Técnicos de área o nivel, la inspección educativa, los/as especialistas que, en su caso. requiera la materia de seguimiento y el personal encargado de la coordinación y/o dirección de las actividades de formación.

En dicho Programa se integrarán las actividades de seguimiento que hayan sido previstas en el Programa Propio de Formación Permanente de los CEPs.

3.2. Establecimiento de la temporalización necesaria, con indicación de las entrevistas, informes, debates y encuentros a realizar, así como de los plazos fijados para ello y de cuantos otros procedimientos de seguimiento se pretendan poner en marcha.

3.3. las Delegaciones Provinciales, a través de la Comisión Técnica Provincial de Renovación Pedagógica, elaborarán la memoria económica de los gastos necesarios para la realización de este Programa, especificando las cantidades que serán atendidas con cargo al presupuesto de los Centros de Profesores o del asignado para el Plan Provincial de Formación y aquellas otras que habrán de ser atendidas con cargo a otros créditos del Instituto Andaluz de Evaluación Educativa y Formación del Profesorado, teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 48 de la Orden de 7 de mayo de 1993, por la que se convocan actividades de formación en Centros y Actividades de autoperfeccionamiento dirigidas al Profesorado de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

3.4. La programación provincial del seguimiento y la elaboración de la memoria económica habrá de realizarse asegurando, al menos:

a) Análisis y reflexión sobre las actividades realizadas en el curso anterior.

b) El seguimiento de los Proyectos de Innovación Educativa, los Proyectos de Formación en Centros y los Seminarios Permanentes.

c) El seguimiento de las actividades de Introducción a los Diseños Curriculares del Plan Anual de Formación del curso 1993-1994.

d) El seguimiento de las actividades de un área temática, al menos, del Programa de Formación de cada uno de los Centros de Profesores de la provincia.

Igualmente se contemplará el seguimiento de las Escuelas de Verano y otras Actividades de Renovación Pedagógica realizadas en la provincia por las Organizaciones Sindicales y Asociaciones de Profesores que cuentan con la subvención de la Consejería de Educación y Ciencia.

3.5. La Programación provincial del seguimiento y la memoria económica del mismo se remitirán a este Instituto en el plazo de 30 días naturales con posterioridad a la publicación de esta Resolución.

Cuarto

COORDINACION PROVINCIAL DEL PROGRAMA DE SEGUIMIENTO

Con el fin de garantizar la adecuada realización del Programa de Seguimiento elaborado por la Comisión Técnica Provincial de Renovación Pedagógica, bajo la dependencia de la misma se constituirá una Comisión de Seguimiento. Dicha comisión estará integrada, al menos, por el Coordinador/a Provincial de Formación Permanente del Profesorado, un profesor/a de Universidad, un Inspector/a de Educación y un Asesor Técnico de área o nivel, designados por el Delegado Provincial. Esta Comisión realizará las actividades necesarias para la coordinación y aplicación del citado Programa.

Quinto

PROGRAMAS SOBRE LOS QUE SE REALIZA EL SEGUIMIENTO

La elaboración del Programa de Seguimiento, encuadrado en el Plan Provincial de Formación, habrá de considerar que el mismo ha de referirse a las siguientes actividades, tomando en cuenta las fuentes de información que se mencionan:

5.1. Memorias anuales del curso anterior.

a) Fuentes de información:

- Lectura de las memorias anuales de los Centros de Profesores del curso anterior.

- Diálogo y reflexión con los Consejos de Dirección de los Centros de Profesores.

5.2. Proyectos de Innovación Educativa y Proyectos de Formación en Centros:

a) Fuentes de información:

- Informes escritos de Profesores participantes.

- Entrevistas a los/as Profesores/as participantes y al Equipo directivo del Centro correspondiente.

- Análisis de los materiales elaborados, en su caso, a lo largo del proceso.

b) Deben ser objeto de seguimiento todos los Proyectos de este apartado, para el cumplimiento posterior de lo dispuesto en el artículo 48 de la Orden de 7 de mayo de 1993, por la que se convocan actividades de formación en Centros y Actividades de autoperfeccionamiento dirigidas al Profesorado de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

5.3. Seminarios Permanentes:

Fuentes de información:

- Informes escritos de los Profesores/as participantes

- Entrevistas con los Profesores/as participantes.

- Análisis de los materiales elaborados, en su caso, a lo largo del proceso.

5.4. Actividades incluídas en el programa de Introducción a los Diseños Curriculares del Plan Provincial de Formación de acuerdo con la Orden de

15 de julio de 1993 (BOJA de 12 de agosto):

a) Fuentes de información:

- Informes y entrevistas que realicen los directores/as, coordinadores/as y/o tutores de las actividades.

- Informes de la dirección/coordinación de las actividades en cuya elaboración se recojan las valoraciones de los participantes.

- Informes y entrevistas que realicen los asesores/as que participen en el proceso.

- Informes y entrevistas con los profesores/as participantes donde se recoja su valoración del proceso.

b) La Comisión Técnica Provincial de Renovación Pedagógica decidirá el número de actividades del programa que serán objeto de seguimiento.

5.5. Las actividades de un área temática, al menos, del Programa de Formación de cada uno de los Centros de Profesores:

a) Fuentes de información:

- Informe memoria de los Centros de Profesores.

- Los informes y entrevistas que se realicen a los/as

Coordinadores/Tutores de cada actividad de formación y que deban recoger el grado de aceptación de las mismas por los participantes, así como el grado de implicación de equipos y centros docentes en las actividades de formación.

- Informes y entrevistas que realicen los asesores/as que participen en el proceso.

- Informes y entrevistas con los profesores/as participantes donde se recoja su valoración del proceso.

b) La Comisión Técnica Provincial de Renovación Pedagógica decidirá las actividades que serán objeto del seguimiento.

5.6. Actividades de formación realizadas por colectivos sociales y subvencionadas por la Consejería de Educación y Ciencia:

a) La Inspección de Educación de cada provincia realizará el seguimiento de las actividades de formación realizadas con la subvención de la Consejería de Educación, por los diversos colectivos sociales durante el año 1993. El informe sobre dicho seguimiento será enviado al Instituto Andaluz de Evaluación Educativa y Formación del Profesorado antes del 31 de enero de 1994.

b) En los casos de cambio o aplazamiento de fecha previstos en el artículo 37 de la Orden de 7 de mayo de 1993 (BOJA de 29 de mayo), por la que se convocan actividades de formación en Centros y actividades de autoperfeccionamiento, el informe anterior será remitido en el plazo de

30 días naturales desde la finalización de la actividad.

5.7. Otras actividades y programas que sean objeto de seguimiento en el ámbito provincial o comarcal:

a) Fuentes de información:

-Informes y entrevistas que realicen los directores/as, coordinadores y/o tutores de las actividades.

- Informes de la dirección/coordinación de las actividades en cuya elaboración se recojan las valoraciones de los participantes.

b) La Comisión Técnica Provincial de Renovación Pedagógica decidirá las actividades y programas de este apartado que serán objeto de seguimiento.

Sexto

CARACTERISTICAS METODOLOGICAS E INSTRUMENTOS DE INFORMACION.

6.1. Características metodologicas

Las actividades de seguimiento no pretenden tanto juzgar la actuación de los participantes como definir el grado de implicación que éstas tienen en la realidad educativa para la consecución del fin último que se proponen: la transformación y mejora cualitativa del sistema educativo, así como comprobar el grado de desarrollo de los mismos.

Se ha de crear, pues, en todas las actividades de seguimiento un clima de apoyo al profesorado y de receptividad hacia los posibles problemas.

Fundamentalmente se utilizarán métodos de investigación, basados en el intento de solucionar problemas concretos del profesorado, de forma conjunta y cooperativa. Por lo tanto, se trata de partir no de problemas teóricos definidos previamente, sino de localizar los problemas prácticos y reales de los equipos educativos que surjan en los procesos formativos, y servir para su análisis y superación.

En virtud de todo ello, el seguimiento de estas actividades deberá ser un instrumento para valorar y considerar adecuadamente a aquellos/as profesores/as que están dedicando su tiempo y esfuerzo a mejorar la calidad del Sistema Educativo, a través de las actividades de Formación del Profesorado

6.2. Instrumentos de Información

Para llevar a cabo el seguimiento y obtener la información necesaria habrá de recurrirse a los medios que se estimen convenientes, entre los que se encuentran los siguientes:

6.2.1. Análisis y reflexión sobre actividades del curso anterior.

La reflexión sobre las actividades del curso anterior debe ser una de las bases esenciales de la programación general de la formación permanente y de la mejora de su calidad. Un primer nivel de reflexión sobre esas actividades se ha efectuado en las memorias de los Planes Globales Comarcales realizadas por los Centros de Profesores en el último curso. Con objeto de que ese primer nivel de reflexión sea conocido por la Administración educativa y pueda llevarse a cabo un diálogo fructífero y enriqueceder sobre el mismo, una de las vías de seguimiento debe ser la lectura, análisis y diálogo sobre dichas memorias del curso anterior. Para ello, se realizarán las siguientes actuaciones:

a) Lectura de las Memorias del curso anterior de los Centros de Profesores por la Comisión provincial de Seguimiento, establecida en el apartado Cuarto de esta Resolución. Dicha Comisión podrá aumentar el número de sus miembros con objeto de facilitar la realización del proceso establecido en esta apartado.

b) Reunión de trabajo de la Comisión provincial de Seguimiento con el Consejo de Dirección de cada Centro de Profesores para el análisis de las actividades realizadas e intercambio de información y reflexiones sobre el proceso llevado a cabo, con la consideración de las medidas necesarias para la superación de los problemas detectados en los diversos niveles comarcales, provinciales y regionales. La citada Comisión efectuará un informe de cada una de estas reuniones de trabajo.

c) Análisis de los informes anteriores en una sesión de la Comisión Técnica Provincial de Renovación Pedagógica.

d) Reunión de un informe de la Delegación Provincial sobre este proceso al Instituto Andaluz de Evaluación Educativa y Formación del Profesorado antes del 30 de enero de 1994, donde figuren los informes mencionados en los apartados anteriores y las propuestas que en base a ellos se estimen convenientes.

6.2.2. Informes escritos.

En ellos cada uno de los sectores participantes en las actividades de formación podrá reflexionar, expresar sus opiniones y aportaciones sobre los Programas de Formación del Profesorado que les afecten, realizando un informe sobre el desarrollo de su trabajo según las orientaciones contenidas en el Anexo I. Estos informes habrán de ser presentados en los Centros de Profesores respectivos, en la fecha establecida en la programación correspondiente.

6.2.2. Entrevistas.

En su realización deberá procurarse un ambiente que no sea de control ajeno y externo sino de máxima comunicación recíproca, de forma que aparezcan los problemas e inquietudes de los/as

entrevistados/as.

Además las entrevistas se realizarán de acuerdo con los siguientes criterios:

a) Debe facilitarse la comprensión de los diferentes puntos de vista y su explicitación lo más directa posible.

b) Las personas que informan en la entrevista deben tener en todo momento la oportunidad de expresarse sobre todas las cuestiones que les conciernen.

c) Debe procurarse que los que participan en la entrevista se enriquezcan al intervenir en la misma por haberse facilitado su propia reflexión sobre la actividad que desarrollan.

d) Los Profesores/as participantes en proyectos y en actividades de formación que sean objeto de seguimiento deberán ser entrevistados, al menos, dos veces: una primera para conocer directamente la intención del proyecto, el grado de implicación del Centro en el desarrollo del mismo, el nivel de ejecución que se va obteniendo y los posibles problemas que su desarrollo presenta y otra segunda para analizar los resultados obtenidos.

6.2.4. Debates.

Se procurará realizar debates con los Equipos Directivos de Centros implicados en actividades de formación y con los/as participantes en cada una de ellas. Girarán en torno al análisis de la consecución de los objetivos generales de seguimiento establecidos en la presente Resolución.

Igualmente se podrán realizar, tanto a nivel comarcal como provincial, encuentros interprogramas con el fin de presentar y analizar colectivamente los resultados de las actividades y los materiales obtenidos en ellas.

Séptimo

INFORME FINAL

7.1. La Comisión de Seguimiento establecida en el apartado cuarto de esta Resolución, recogerá todos los informes elaborados a través del Programa Provincial de Seguimiento y elaborará una propuesta de informe final sobre el cumplimiento y resultados de las actividades de seguimiento realizadas. Los informes del seguimiento llevado a cabo en el ámbito de los CEPs serán incluídos en la memoria final de curso de los mismos.

7.2. La Comisión Técnica Provincial de Renovación Pedagógica, a la vista de dicha propuesta, aprobará el informe final sobre seguimiento en la provincia, que, a través de la Delegación Provincial, será remitido junto con la Memoria a que se refiere el apartado 2.2.10. de la Orden de 15 de julio de 1993 (BOJA del 12 de agosto) al Instituto Andaluz de Evaluación Educativa y Formación del Profesorado antes del día 30 de septiembre de 1994.

7.3. En dicho informe final figurará una relación de un máximo de cinco actividades de autoformación (Seminarios Permanentes, Proyectos de Innovación Educativa, Grupos de Trabajo o Proyectos de Formación en Centros) que a través de su seguimiento se haya comprobado que pueden ser valoradas de manera especial por su repercusión positiva en el aula, por su carácter innovador o por otras características relacionadas con la mejora de la calidad de la enseñanza o de la Formación Permanente del Profesorado. Dichas actividades serán propuestas al Instituto Andaluz de Evaluación Educativa y Formación del Profesorado con objeto de que pudieran ser calificadas como actividades de especial relevancia para la renovación pedagógica del profesorado. Esta calificación se extenderá a los profesores/as implicados/as, pudiendo contempla medidas de apoyo y refuerzo para el reconocimiento, continuación y divulgación de las mismas.

Octavo

La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOJA.

Sevila, 2 de noviembre de 1993.- El Director, José Rodríguez Galán.

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]