Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 127 de 23/11/1993

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº 12 DE GRANADA

EDICTO. (PP. 3436/93).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Don Francisco José Villar del Moral, Magistrado Juez de Primera instancia núm. 12 de los de Granada.

Hago saber: Que en virtud de lo acordado por resolución de esta fecha, dictada en los autos núm. 953/93, seguidos sobre ejecución hipotecaria a instancia del Banco Hipotecario de España, representado por la Procuradora Doña María José García Anguiago, contra: Don Antonio González Moreno y Doña Cristina Torres López, en reclamación de 656,440 pesetas, procedentes del crédito hipotecario concertado por los demandados con la ejecutante, se anuncia la venta en pública subasta de la finca que al final se identificará , por el precio de 7.600.000 ptas. en que fue valorada en la escritura de constitución de hipoteca, la cual tendrá lugar:

En primera subasta, bajo el tipo de tasación indicado, el día

15 de diciembre de 1993, a las doce horas, en la Sala de Audiencia de este Juzgado, sito en la Planta 2ª del Edificio de los Juzgados de Plaza Nueva.

En segunda, de no concurrir postores en la primera y bajo el

75% del tipo de valoración, el día 10 de enero de 1994, a la misma hora. Y en tercera, de no concurrir postores en la segunda y sin sujeción a tipo, el día 29 de enero de 1993, a igual hora. Condiciones de la subasta:

1º. para tomar parte en la misma habrán de consignar los licitadores en la c/c núm. 1.765, Clave 18 y por cuenta de dichos autos, que este Juzgado tiene abierta en el B.B.V., Oficina principal de Reyes Católicos, el 20% del tipo de fijado para la 1ª y

2ª subastas, reservándose en depósito las consignaciones de los postores que lo admitan y hayan cubierto el tipo de subasta a efectos de que, si el rematante no cumple con su obligación, dentro de los ocho días siguientes a la aprobación del remate, pueda aprobarse el mismo en favor de los que le sigan por orden de sus respectivas posturas.

2º No se admitirán posturas que no cubran las dos terceras partes del tipo de la subasta y sólo la parte ejecutante podrá intervenir y hacer posturas en calidad de ceder el remate a un tercero, de conformidad con lo previsto por el art. 1.499 de la Ley de Enjuiciamiento Civil que es de aplicación en un todo.

3º. Subsitirán las cargas o gravámenes anteriores y los preferentes al crédito del actor, si los hubiere, entendiéndose que el rematante los acepta y se subroga en los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate.

4º. Los títulos de propiedad de los bienes o la certificación del Registro de la Propiedad que los supla, estarán de manifiesto en la Secretaría, y los licitadores deberán conformarse con ellos, sin que tengan derecho a exigir ningún otro.

5º. Serán de aplicación las normas contenidas en el art.

2.048 y siguientes de la LEC, sobre subastas voluntarias, y demás concordantes de la misma, en relación con las normas establecidas por la Ley de 2 de diciembre de 1872, por la que se crea el Banco Hipotecario de España, así como sus Estatutos, aprobados por Real Decreto de 3 de noviembre de 1928.

Fincas subastadas y precio de valoración

Piso 1º, Letra E, del edficio sito en C/ Doctor Baca de Castro núm. 14 de la ciudad de Granada, distribuido en varias dependencias y servicios. Ocupa una superficie de 86,89 m2. Inscrito en el Registro de la Propiedad núm. 2 de Granada, al Libro 49, folio 193, finca 4.752, inscripción 2ª. Tipo de valoración: 7.600.000 ptas.

Dado en Granada, a veinte de octubre de mil novecientos noventa y tres.- El Secretario.