Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 133 de 07/12/1993

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 25 de noviembre de 1993, de la Dirección General de Política Interior, por la que se da publicidad a la programación de cursos de la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía durante 1994.

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De conformidad con lo acordado por el Consejo Rector de la ESPA en reunión del pasado día 18 de Noviembre de 1993, en la que se aprobó la programación de Cursos que se impartirán en 1994 para los colectivos de Policía Local, Bomberos y Protección Civil, de la Comunidad Autónoma, he resuelto:

Primero.- Dar publicidad al mencionado Programa que se recoge en el ANEXO I de esta Resolución.

Segundo.- Solicitudes.- Los funcionarios de las plantillas de Policía Local y Bomberos, así como los voluntarios de las agrupaciones de Protección Civil, que cumpliendo los requisitos exigidos, deseen asistir a los Cursos programados, enviarán al Sr. Director de la ESPA una solicitud cuyos modelos, para cada colectivo, se detallan en el ANEXO II, siempre a través de su jefe inmediato, que recabará el pertinente visto bueno de la Autoridad Municipal (o provincial) correspondiente.

Las solicitudes en el año anterior quedan invalidadas a todos los efectos, debiendo presentarse si se mantiene el interés por un determinado Curso.

Tercero.- Plazo de presentación de solicitudes.- La presentación de solicitudes para cada Curso en la ESPA se podrá realizar hasta VEINTE DIAS antes de la fecha prevista de iniciación del Curso, o de las pruebas previas al mismo, en aquellos que se determinan. Las que lleguen con posterioridad a dicho plazo serán desestimadas a todos los efectos.

Cuarto.- Selección de alumnos.- Finalizado el período hábil de presentación de solicitudes para cada Curso, la Dirección de la ESPA procederá a seleccionar a los Funcionarios (o voluntarios) que intervendrán en cada Curso, hasta un máximo de 30 alumnos. Dicha selección se llevará a cabo atendiendo a la mayor o menor adaptación de las peticiones a los objetivos del Curso, al número de miembros de cada plantilla que ya posee dicha formación, y en igualdad de condiciones, a la fecha de entrada de las solicitudes en la ESPA.

Formalizada la selección, la Dirección de la ESPA comunicará a las jefaturas de destino de los admitidos esta circunstancia, por el medio más idóneo, que garantice una información rápida y segura.

Aquellos Cursos que forman parte de un proceso de selección (u posición), no estarán sujetos a esta norma.

Las solicitudes no admitidas se desestimarán, una vez iniciado al Curso; los peticionarios que continúen interesados en dicho Curso habrán de presentar nueva solicitud, aun cuando en este caso, se le mantendrá la antigüedad de la anterior.

Quinto.- Renuncias.- Cuando un funcionario (o voluntario) seleccionado para un Curso no pueda asistir al mismo, deberá comunicarlo a la Jefatura de estudios de la ESPA a la mayor brevedad, a fin de cubrir su vacante con otra solicitud.

Sexto.- Régimen de asistencia.- Los alumnos participantes en los cursos podrán optar por abandonar la ESPA una vez finalizadas las actividades docentes diarias, pernoctando fuera del Centro, o por el contrario utilizar los servicios de Residencia de la misma, sujetándose a lo que en este caso dispone el Reglamento de Régimen Interior de la Escuela. Esta opción habrá de reflejarse incuestionablemente en la Solicitud, y será vinculante para el peticionario.

Los alumnos asistirán a las clases con el uniforme reglamentario, sin armamento; los del Curso de Ingreso lo harán con el uniforme especificado en el artículo 8. del Decreto 199/1991, de 21 de Octubre, de Uniformidad de las Policías Locales de Andalucía.

Además, los alumnos participantes en los cursos deberán venir provistos de la siguiente:

- Documento de Asistencia Sanitaria.

- Ropa y calzado de deporte.

- Dos fotografías tamaño carnet, con su nombre al dorso.

- Utiles de aseo personal.

Ropa y equipo de trabajo y protección, para aquellos cursos que lo requieran (incendios, mercancías peligrosas, guías de perros, rescate,etc.).

Tanto el curso en sí, como los servicios de residencia, son gratuitos: los gastos los asume la Consejería de Gobernación, de sus propios presupuestos.

Séptimo.- Diplomas.- Los alumnos que resultasen aptos en las evaluaciones a que habrán de someterse a lo largo del Curso, recibirán Diplomas de Aprovechamiento. Los no aptos obtendrán Certificado de Asistencia, siempre que la misma no sea inferior al 90 por 100 de las horas lectivas programadas.

Sevilla, 25 de noviembre de 1993.- El Director General, Fabriciano Torrecillas García.

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]