Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 138 de 21/12/1993

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

ORDEN de 16 de diciembre de 1993, por la que se concede al Ayuntamiento de Dos Hermanas (Sevilla), una subvención para la ejecución de las obras de la actuación y ordenación pública del casco antiguo.

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Ilmos. Sres.:

La Junta de Andalucía, con fecha 27 de enero de 1989, suscribio un Convenio con el Ayuntamiento de Dos Hermanas (Sevilla) por el que se establecía el alcance y desarrollo de un Programa Extraordinario de Inversión para dicho municipio, estando integrado el citado Programa por una serie de actuaciones. La Consejería de Obras Públicas y Transportes asume en el Convenio suscrito, como Consejería competente, entre otros compromisos la concesión de una subvención al Ayuntamiento de Dos Hermanas, para la ejecución de las obras de la actuación denominada «Actuación y Ordenación Pública del Casco Antiguo¯, incluida en el Programa de Infraestructura Urbana objeto del Convenio.

La citada subvención tiene carácter específico por razón de su objeto, de conformidad con lo dispuesto en el art. 18.3 de la Ley 4/1992 de 30 de diciembre de Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1993.

En virtud de las facultades que me vienen atribuidas por el art. 10 de la Ley 5/1983 de 19 de julio de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma, por esta Consejería se ha dispuesto lo siguiente:

Primero: Conceder al Ayuntamiento de Dos Hermanas (Sevilla) una subvención de doscientos millones de pesetas (200.000.000 ptas.), con la finalidad de financiar las obras de «Actuación y Ordenación Pública del Casco Antiguo¯. Dicha subvención se hará efectiva con cargo a la aplicación presupuestaria 01.14.00.01.00.760.00.81C.9 y con las anualidades que a continuación se expresan:

Anualidad Importe

1993 1.000.000 ptas.

1994 199.000.000 ptas.

Segundo: El importe de la subvención no podrá ser destinado a finalidad ni actividad distinta de la indicada en el punto anterior de la presente Orden. Su incumplimiento obligará a la devolución de los fondos percibidos.

Tercero: La suvención se hará efectiva mediante un primer libramiento sin previa justificación de 1.000.000 de pesetas. Los libramientos sucesivos, hasta el 100% del importe de la subvención se harán efectivos previa presentación de las certificaciones acreditativas de la inversión ejecutada.

En el plazo de dos meses a partir del cobro efectivo del último libramiento correspondiente al 100% de la subvención, se deberá justificar el empleo de ésta mediante certificación del interventor de la Corporación, acreditativa de que han abonado a los correspondientes perceptores todas las certificaciones expedidas. En todos los casos en el plazo de quince días a partir de la recepción de los fondos, se aportará por el Ayuntamiento certificación de la intervención de haber sido registrado en su contabilidad el ingreso de los fondos, con expresión del asiento contable de conformidad con lo dispuesto en el artículo 38 del Reglamento de intervención de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto

149/1988, de 5 de abril, en relación con el artículo 53.4 de la Ley General de la Hacienda Pública.

Cuarto: La Consejería de Obras Públicas y Transportes, podrá requerir la documentación que estime necesaria a fin de comprobar la efectiva realización de la inversión, y su adecuación a la finalidad de la subvención.

La Consejería de Obras Públicas y Transportes podrá comprobar en todo momento, mediante las inspecciones que considere oportunas, la efectividad de la inversión objeto de la presente Orden.

Quinto: A los efectos del artículo 18 de la Ley 4/1992, de

30 de diciembre del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1993, esta Orden será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, y entrará en vigor al día siguiente de su publicación, lo que comunico a VV.II. para su conocimiento y efectos.

Sevilla, 16 de diciembre de 1993

JUAN JOSE LOPEZ MARTOS

Consejero de Obras Públicas y Transportes

Ilmos. Sres.: Viceconsejero, Secretario General Técnico, Director General de Arquitectura y Vivienda y Delegado Provincial de Sevilla.