Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 14 de 9/2/1993

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Consejería de Cultura y Medio Ambiente

ANUNCIO de la Dirección General de Bienes Culturales, por el que se somete a información publica el expediente para la declaración, como bien de interés cultural, a favor del Conjunto Histórico de San Fernando (Cádiz).

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Expediente: Declaración de Bien de Interés Cultural, a favor del Conjunto Histórico de San Fernando (Cádiz).

Encontrándose en tramitación el expediente de declaración, como Bien de Interés Cultural, a favor del Conjunto Histórico de San Fernando (Cádiz), cuya delimitación literal y gráfica se adjunta, se ha acordado en consideración al estado en que se encuentran las actuaciones y conforme a lo dispuesto en el artículo

87 de la Ley de Procedimiento Administrativo y el artículo

13.2 del Real Decreto 111/86, de 10 de enero, abrir un período de información pública. A tal efecto se ha procedido a publicar el correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, para que en el término de veinte días hábiles puedan cuantos tengan interés en el mismo, alegar lo que estimen conveniente en orden a la declaración que se pretende, a cuyo fin, el expediente en cuestión estará de manifiesto en la Dirección General de Bienes Culturales, Departamento de Régimen General del Patrimonio Histórico, Cuesta del Rosario, 8, 4ª planta, Consejería de Cultura y Medio Ambiente, de once a trece horas.

Sevilla, 28 de diciembre de 1992.- El Director General, José Guirao Cabrera.

Delimitación Literal

Para realizar la delimitación del Conjunto Histórico de San Fernando (Cádiz), se toma como plano base el plano a escala

1:2.000 elaborado por la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía en el año 1986, completado con las nuevas aperturas viarias propuestas en el Plan General de Ordenación Urbana de San Fernando actualmente en redacción, y el «Plano Parcelario¯ elaborado por el Ministerio de Hacienda en el año 1973.

Orden de prelación: En caso de contradicción prevalece la referencia gráfica a cualquier otra.

La delimitación comienza en el extremo S.O. del Conjunto, señalizado en el plano con la letra «O¯, y sigue el eje de las calles relacionadas o, en su caso, las traseras de las parcelas que presentan fachada a dicha calle. La descripción avanza en el sentido de las agujas del reloj:

Punto «O¯ origen de la delimitación, correspondiente a la intersección de los ejes de la Avda. General Valera y de la c/ San Agustín. Avanza por esta última calle y dobla a la derecha por la c/ San Juan de la Cruz, continuando por dicha calle hasta su intersección con la c/ Benjamín López, doblando a la dercha según el sentido de avance, y siguiendo por dicha calle hasta su intersección con la c/ San Joaquín, por la que avanza hasta llegar a la c/ Manuel Arriaga, por la que dobla a la izquierda y sigue hasta la vía que une la Barriada Sacramento con la Barriada Santa Bárbara, continuando dicha vía en línea recta hasta llegar a la c/ Cecilio Pajazón, por la que sigue a la izquierda hasta llegar a la c/ Lepanto, siguiendo por dicha calle hasta su intersección con la c/ Sánchez Cerquero, por la que dobla a la izquierda hasta su cruce con la c/ Daóiz, continuando por esta última hasta su encuentro con la c/ Cervantes. Avanza por dicha calle hasta su intersección con la c/ Antonio López Rodríguez doblando a la izquierda y siguiendo por esta última hasta enlazar con la c/ Constructora Naval, por la que continúa hasta llegar a la c/ Colón, por la que dobla a la izquierda hasta llegar a la altura de la c/ Calatrava, por la que dobla a la derecha y continúa hasta su intersección con la c/ Méndez Núñez, siguiendo a la derecha por dicha calle hasta llegar a la c/ Doctor Francisco Cobos, doblando por esta última a la derecha hasta su intersección con la c/ San Miguel, por la que avanza hasta su encuentro con la c/ Santa Teresa, doblando a la izquierda y enlanzado con la c/ Hernán Cortés, hasta alcanzar la c/ Albina del Puente, por la cual continúa doblando a la derecha, cruza la Avda. de la Marina y pasando por la c/ Reula Gómez, dobla a la derecha y enlaza con la c/ San Marcos, continuando por dicha calle hasta sobrepasar la c/ Lope de Vega, doblando a la derecha por la trasera de las fincas núm. 54 (21-31), 52 (19-31),

48 (12-31), 46 (11-31) y 44 (10-31) de la c/ Lope de Vega, cruza la c/ Valverde y sigue por las traseras de las fincas núm.

42 (25-30), 38 (20-30) y 36 (19-30) de la c/ Lope de Vega, lateral derecho de la finca núm. 15 (17-30) de la c/ Malaspina, cruza dicha calle y sigue por el lateral izquierdo del núm. 18 (11-29) de la misma calle y contunúa por las traseras de la finca núm. 28 (7-29) de la c/ Lope de Vega y por el lateral derecho de la finca núm. 23 (2-29) de la c/ San Bruno hasta salir a dicha calle, dobla a la izquierda siguiendo por su eje y avanza hasta su intersección con la c/ Olivarillo, doblando a la derecha, continuando y enlazando a la izquierda con la c/ Lauría hasta llegar a la altura de la c/ Santa Bárbara, doblando a la izquierda y continuando por dicha calle hasta su encuentro con la c/ San Onofre, doblando a la derecha y siguiendo por dicha calle hasta sobrepasar la C/ Carmen, doblando a la derecha por la trasera de las fincas números pares que presentan fachadas a esta última calle, hasta su encuentro con la trasera de la edificación de la Parroquia Ntra. Sra. del Carmen, doblando a la izquierda en dicho punto y siguendo por la línea trasera de dicha edificación, continuando paralelamente a la Avda. General Valera según trazado de calle de nueva formación hasta su intersección con la c/ Santo Entierro, doblando por dicha calle a la derecha hasta su encuentro con el punto de enlace de las Avenidas Gómez Pablo y General Valera, continuando por esta última hasta su intersección con la c/ San Agustín, coincidiendo con el punto «O¯

origen de esta delimitación.

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

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