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De conformidad con lo establecido en el artículo de la Ley
4/1988, de 5 de julio, y en el Acuerdo de 10 de enero de 1989 del Consejo de Gobierno, por el que se determinan bienes, servicios y actividades susceptibles de ser retribuidas mediante precios públicos, autorizando al Patronato de la Alhambra y Generalife a la percepción de precios públicos por los servicios y actividades que realice para facilitar visitas, rodajes y películas, obtención de fotografías y celebración de actos culturales, así como por la venta de publicaciones relativo todo ello al Recinto Monumental encomendado a dicho Patronato, previo informe de la Consejería de Economía y Hacienda, en uso de las facultades que me han sido conferidas:
DISPONGO:
1º. Que los precios públicos que han de regir en el ejercicio presupuestario de 1994 en el Conjunto Monumental de la Alhambra y Generalife serán los que se detallan en el ANEXO.
2º. Estos precios públicos entrarán en vigor el día 1 de enero de 1994.
Sevilla, 3 de diciembre de 1993
JUAN MANUEL SUAREZ JAPON
Consejero de Cultura y Medio Ambiente
[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]