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Visto el expediente tramitado por la Dirección General de Política Interior, de acuerdo con el compromiso establecido entre la Junta de Andalucía, Gobierno Central y Ayuntamiento de Almería, para la concesión de una subvención con objeto de paliar los daños producidos con motivo de las lluvias torrenciales acaecidas el 5 de marzo de 1992 en Almería, afectando gravemente a viviendas e infraestructura municipal de la Barriada de la Chanca.
Teniendo en cuenta las atribuciones conferidas en los artículos
39 y 47 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, del Artº 50 de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la citada Comunidad, y en base a la Orden de 1 de octubre de
1987, que regula el Fondo de Catástrofe y a tenor de lo dispuesto en el punto tercero del artículo 18 de la Ley 4/1992, de
30 de diciembre del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1993.
D I S P O N G O:
Primero. Conceder una subvención al Ayuntamiento de Almería por valor de diez millones seiscientas mil (10.600.000) pesetas, declarándose específica por razón del objeto, obviándose por tanto la concurrencia.
Segundo. Dicha subvención será justificada según el Artº. 5, de la Orden de 1 de octubre de 1987, que regula el Fondo de Catástrofe, y según los Arts. 38 y 41 del Decreto 149/1988, de
5 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Intervención de la Junta de Andalucía.
Tercero. De esta Orden se dará cuenta a dicho Ayuntamiento y se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía a los efectos consiguientes.
Sevilla, 21 de diciembre de 1993
ANGEL MARTIN-LAGOS CONTRERAS
Consejero de Gobernación