Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 141 de 31/12/1993

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

ORDEN de 29 de diciembre de 1993, por la que se autorizan tarifas de taxi de Sevilla. (PD. 3995/93).

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Vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión Provincial de Precios de Andalucía, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados,

D I S P O N G O:

Autorizar las tarifas de Taxis que a continuación de relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

UNION SEVILLANA DEL SERVICIO DEL TAXI DE SEVILLA

TARIFAS AUTORIZADAS

CONCEPTO IVA INCLUIDO

A) Tarifa 1.

a.1 Carrera mínima 300 Pts. a.2 Bajada bandera 110 Pts. a.3 Km. recorrido 73Pts. a.4 Hora de espera o parada 1.635 Pts.

B) Tarifa 2.

b.1 Carrera mínima 377 Pts. a.2 Bajada bandera 137 Pts. a.3 Km. recorrido 92Pts. a.4 Hora de espera o parada 2.044 Pts.

La Tarifa 2 se aplicará en los supuestos siguientes: Servicios realizados en días festivos de 0 a 24 horas. Servicios realizados en días laborables/nocturnos de 22 a 6 horas.

Servicios realizados durante los días de Feria de Abril. Servicios realizados durante los días de Semana Santa. servicios realizados los días 24 y 31 de diciembre, desde 0 a 24 horas.

C) Suplementos

c.1 Por cada maleta, bulto o cojunto de bultos de más de 60 cm. 44 pPts. c.2 Servicios en días de Feria de Abril de 22 a 6 horas sobre lo marcado en Tarifa-2. 25%

D) Servicios Especiales

(Sobre lo marcado en el aparato taxímetro) d.1 Al Aeroclub de Tablada, Puerto del Batán, Abonos Sevilla, Astilleros y Esclusa 182 Pts. d.2 Aeropuerto (entrada y salida) 395 Pts. d.3 Ida al Camping Sevilla 395 Pts.

Esta Orden surtirá efecto el día 1 de enero de 1994, siempre que su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía se produzca con anterioridad a dicha fecha. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, previa comunicación a este órgano de conformidad con lo establecido en los artículos 57.2 y 58 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956.

Sevilla, 29 de diciembre de 1993

JAIME MONTANER ROSELLO

Consejero de Economía y Hacienda