Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 141 de 31/12/1993

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 9 de diciembre de 1993, por la que se reconoce, se clasifica e inscribe en el Registro de Fundaciones Privadas Docentes la denominada Fundación Cultural Hospital Reina Sofía-Cajasur, de Córdoba.

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Visto: El expediente por el que se solicita el reconocimiento, clasificación e inscripción en el Registro de Fundaciones Docentes, de la denominada Fundación Cultural «Hospital Reina Sofía¯-Caja Sur, de Córdoba, presentado en esta Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero: El 11 de marzo de 1992, ante D. Manuel Castilla Torres, Notario del Ilustre Colegio de Sevilla comparecen:

D. Gabriel Pérez Cobo, Director Gerente del Hospital Universitario «Reina Sofía¯; D. Miguel Castillejo Gorraiz, Presidente del Monte de Piedad y Caja de Ahorros de Córdoba; D. Nicolás Rodríguez Vedia, Director Médico del Hospital Universitario «Reina Sofía¯; D. Manuel Rodríguez Moyano, Director General de Cajasur; D. Alejandro Martín Malo, Secretario de la Comisión de Investigación del Hospital «Reina Sofía¯; D. Manuel Rodríguez Mohedano, Director de la Oficina Principal del Monte de Piedad y Caja de Ahorros de Córdoba; D. José Antonio Jiménez Perepérez, Jefe del Departamento de mayor edad del Hospital «Reina Sofía¯; D. José Luis Jaramillo Esteban, Jefe de Estudios del Hospital «Reina Sofía¯; D. Rafael González de Tena, Jefe de la Obra Social de Cajasur y D. Amador Jover Moyano, Rector de la Universidad de Córdoba.

Cada uno de los señores comparecientes intervienen en el ejercicio de sus mencionados cargos y manifiestan la voluntad de constituir una Fundación que se denominará Fundación Cultural «Hospital Reina Sofía¯ Caja Sur, cuyo objeto y finalidad será el desarrollo de la investigación en general y, en particular, la especialización del Hospital «Reina Sofía¯ en las diversas modalidades de transplantes.

Segundo: La Entidad se regirá por los Estatutos unidos a la Carta Fundacional, realizados ante el mencionado Notario, con número de protocolo 667 de fecha 11 de marzo de 1992 y modificado en Escritura número 2.259 de fecha 18 de octubre de

1992, ante el mismo Notario.

Tercero: La dotación inicial de la Fundación está constituida por 5.000.000 ptas. depositadas en el Monte de Piedad y Caja de Ahorros de Córdoba, oficina central, según consta en la certificación expedida por el Interventor de dicha oficina.

Cuarto: Los beneficiarios de la Fundación serán el personal que preste servicios en los Centros que conforman el Hospital «Reina Sofía¯, atendiendo al criterio de necesidad y el importe a financiar.

Quinto: El Gobierno, representación y Administración, quedan atribuidos a un Patronato, siendo los componentes del mismo las siguientes personas físicas, en razón de sus cargos:

Presidente: D. Gabriel Pérez Cobo, Director Gerente del Hospital Universitario «Reina Sofía¯.

Presidente Honorario Segundo: D. Miguel Castillejo Gorraiz, Presidente del Consejo de Administración de Cajasur. Vicepresidente: D. Manuel Rodríguez Moyano, Director General de Cajasur.

Secretario: D. José Luis Jaramillo Esteban, Jefe de Estudios del Hospital «Reina Sofía¯.

Tesorero: D. Manuel Rodríguez Mohedano, Director de la Oficina Central de Cajasur.

Vocales:

D. Nicolás Rodríguez Vedia, Director Médico del Hospital «Reina Sofía¯.

D. Rafael González de Tena, Jefe de la Obra Social de Cajasur.

D. Alejandro Martín Malo, Secretario de la Comisión de Investigación del Hospital «Reina Sofía¯.

D. José Antonio Jiménez Perepérez, Jefe de Departamento de mayor edad del Hospital «Reina Sofía¯; en su defecto, el Jefe del Servicio de mayor edad.

D. Amador Jover Moyano, Rector de la Universidad de

Córdoba.

Vistos: La Constitución Española, el Estatuto de Autonomía de Andalucía, el Decreto 2930/72 de 21 de julio que aprueba el Reglamento de Fundaciones, el Real Decreto 1762/79 de 29 de junio por el que se delimitan las competencias de los Ministerios de Educación y de Universidades e Investigación y de Cultura en materia de Fundaciones Culturales Privadas y entidades análogas, y demás normas de general y pertinente aplicación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero: Esta Consejería tiene asignada, en virtud del Decreto

42/83 de 9 de febrero del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, las competencias que en materia de Educación se traspasaron por Real Decreto 3936/82 de 29 de diciembre y en particular sobre las Fundaciones docentes que desarrollen principalmente sus acciones en Andalucía, ejerciendo en consecuencia el Protectorado sobre las de esta clase.

Segundo: Se han cumplido en la tramitación del expediente todos los requisitos considerados imprescindibles por el Reglamento de Fundaciones Culturales Privadas y que el contenido de su Carta Fundacional y sus Estatutos se ajustan a Derecho, procede el reconocimiento del interés público de sus objetivos, la clasificación de sus fines como de financiación, servicio y promoción de actividades docentes y la inscripción en el pertinente Registro de Fundaciones Docentes.

En consecuencia, y en atención a los hechos y fundamentos de Derecho hasta aquí desarrollados, esta Consejería, y previo informe del Gabinete Jurídico de la Consejería de la Presidencia,

RESUELVE:

Primero: Se reconoce el interés público de la Entidad, se clasifican sus actividades como de financiación, servicio y promoción y se inscribe como Fundación Docente Privada en el correspondiente Registro a la Fundación denominada Fundación Cultural «Hospital Reina Sofía¯-Caja Sur, con domicilio en Córdoba, Avenida Menéndez Pidal, s/n.

Segundo: Se aprueban sus Estatutos, el Presupuesto de Ingresos y Gastos y la Memoria de Actividades para el primer ejercicio económico.

Tercero: Se confirma en sus cargos a los miembros de la Junta Rectora inicial de la Fundación, cuyos nombres se recogen en la Carta Fundacional y que se relacionan en el quinto antecedente de hecho de esta Resolución.

Sevilla, 9 de diciembre de 1993

ANTONIO PASCUAL ACOSTA

Consejero de Educación y Ciencia