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Por el Excmo. Ayuntamiemto de Almuñécar se elevó a la Consejería de Obras Públicas y Transportes expediente de Modificación Puntual núm. 32 del Plan General Municipal de Ordenación de Almuñécar, aprobado inicialmente con fecha 3 de abril de 1989 y provisionalmente el 2 de abril de 1990, a los efectos de su tramitación conforme a lo dispuesto en el artículo 50 del Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, aprobado por Real Decreto 1346/76, de 9 de abril, texto legal vigente en el momento de formulación del expediente, por cuanto la Modificación tiene por objeto el cambio de ubicación del sistema general de espacios libres públicos deportivos, incluido en el suelo urbanizable programado del Plan Parcial P-1.
Según lo dispuesto en el artículo 50 del Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, Real Decreto
1346/76, de 9 de abril, vigente en la tramitación del expediente y derogado posteriormente por el Real Decreto Legislativo
1/1992, de 26 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido sobre el Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, la presente Modificación cuenta con el informe favorable del Consejero de Obras Públicas y Transportes, concretado en acuerdo de 10 de junio de 1992, así como Dictamen del Consejo de Estado de fecha 17 de septiembre de 1992. En virtud de ello y de acuerdo con lo establecido en el artículo
129 de la Ley del Suelo, Real Decreto Legislativo 1/1992 y el artículo 4.a) del Decreto 194/83, de 21 de septiembre, a propuesta del Consejero de Obras Públicas y Transportes, de acuerdo con el Consejo de Estado y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 24 de noviembre de
1992
A C U E R D A
1. Aprobar definitivamente la Modifición Puntual núm. 32 del Plan General Municipal de Ordenación de Almuñécar que tiene por objeto el cambio de ubicación del sistema general de espacios libres públicos deportivos, incluido en el suelo urbanizable programado del Plan Parcial P-1, por cuanto su tramitación, contenido y determinaciones son conforme a la vigente legislación urbanística.
2. Facultar al Consejero de Obras Públicas y Transportes para que dicte cuantas disposiciones resulten necesarias en desarrollo y ejecución del presente Acuerdo.
Este Acuerdo se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el de la Provincia de Granada, a los efectos previstos en el artículo 124 de la Ley del Suelo, Real Decreto Legislativo 1/1992, y se notificará al Ayuntamiento de Almuñécar y a los interesados.
Contra el presente Acuerdo, en vía administrativa, cabe recurso de reposición ante el Consejo de Gobierno en el plazo de un mes, contado a partir de la última publicación o, en su caso, notificación y el contencioso-administrativo ante la sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.
Sevilla, 24 de noviembre de 1992
MANUEL CHAVES GONZALEZ
Presidente de la Junta de Andalucía
JUAN JOSE LOPEZ MARTOS
Consejero de Obras Públicas y Transportes
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