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De conformidad a lo establecido en la Circular 8/90 del Banco de España en desarrollo de la Orden Ministerial de 12 de diciembre de 1989, se comunica a los Señores Clientes titulares de operaciones de duración indeterminada suscritas con anterioridad al 1 de enero de 1990, que tienen a su disposición en las correspondientes oficinas de la Entidad los documentos que reflejan las condiciones contractuales, cuya entrega se formalizará previa firma de los mismos.
Sevilla, 21 de diciembre de 1992.- El Subdirector-Secretario General.
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