Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 25 de 9/3/1993

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. AYTO. DE NERJA (MALAGA)

ANUNCIO. (PP. 2347/92).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Aprobación inicial del proyecto de modificación de elementos de Normas Subsidiarias de Nerja. Ordenanzas Zona NE, para adicionar artículos 83 bis y 90 bis.

Por el Pleno de esta Corporación, en su sesión de fecha nueve de noviembre de 1992, entre otros, se adoptó un Acuerdo con el siguiente contenido:

Primero. Aprobar inicialmente la Propuesta de Modificación de Elementos de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Nerja, promovida por este Ayuntamiento, para modificar las Ordenanzas de Edificación de la Zona NE (Ensanche de casco) adicionando los artículos 83-bis y 90-bis con el siguiente contenido: 83 bis. En los supuestos previstos en el Artículo 90 bis, para edificaciones de conjuntos mediante la aprobación del correspondiente Estudio de Detalle, el fondo máximo edificable será el que se apruebe en el mismo.

90 bis. En solares con superficie mayor de dos mil metros cuadrados se podrán plantear conjuntos no alineados cuando la separación entre bloque sea, como mínimo, igual a la mitad de la edificación contigüa más alta y no se produzcan paredes medianeras. Asimismo se respetará la ocupación máxima, bajo y sobre rasante, definida en el Artículo 83, siendo necesario, en todo caso, la presentación de Estudio de Detalle con ordenación de volúmenes resultantes.

Segundo. Someter a información pública dicha Propuesta de Modificación, con las condiciones y requisitos exigidos en los artículos 114-1 del nuevo Texto Refundido de la Ley del Suelo y

128 del R.P.U.

Tercero. Declarar que la supensión del otorgamiento de licencias urbanísticas, que determina por sí sola la aprobación inicial acordada, afecta a todo tipo de las mismas y a todo el terreno que abarca la referida Propuesta de Modificación de elementos de las Normas; dicha suspensión tendrá una duración máxima de dos años y se extinguirá en todo caso con la aprobación definitiva del Expediente de Modificación.

Nerja, 10 de diciembre de 1992.- El Alcalde, Gabriel Broncano Rodríguez.

Descargar PDF