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Para general conocimiento se hace público en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada, en fecha de 13 de octubre de 1992, por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Granada del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, resolviendo el Recurso núm. 33/91, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor literal:
FALLO:
«Que debe desestimar y desestima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador D. Juan Antonio Montenegro Rubio en nombre de D. Anselmo López Moreno, contra la resolución de 18 de octubre de 1990, de la Consejería de Gobernación de la Junta de Andalucía, que en reposición confirma la anterior de 14 de mayo de 1990 que deniega la compatibilidad solicitada para el ejercicio de actividad privada Ingeniero Industrial, por aparecer la resolución impugnada ajustada a Derecho. Sin que haya lugar a expresa condena en costas a ninguna de las partes.
Luego que sea firme esta sentencia, y con testimonio de ella, devuélvase el
Sevilla, 10 de marzo de 1993.- El Director General, Juan Pedro Gómez Jiménez.
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