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Recibidas solicitudes de los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Andalucía que se indican en el Anexo de esta Resolución, proponiendo los cambios de fiestas locales, determinadas en la Resolución de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social de la Consejería de Trabajo de 21 de diciembre de 1992 (BOJA núm. 134 de 26 de diciembre), estimándose conveniente autorizar los cambios solicitados, en virtud de lo establecido en el artículo 46 del Real Decreto 2001/83 de 28 de julio,
R E S U E L V E
Artículo 1º. Autorizar los cambios de fiestas locales, para el presente año, determinadas por Resolución de 21 de diciembre de 1992 (BOJA núm. 134, de 26 de diciembre), en los municipios que se relacionan en el Anexo de esta Resolución.
Artículo 2. La presente Resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 17 de marzo de 1993.- El Director General, José Antonio Pérez de Rueda.
A N E X O
Cádiz
Algar. Se sustituye el 11 de mayo por el 10 de mayo.
Huelva
Cortegana. Se sustituye el 14 de junio por el 21 de junio. Hinojos. Se sustituye el 24 de mayo por el 31 de mayo.
[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]
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