Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 30 de 25/3/1993

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

ORDEN de 15 de febrero de 1993, por la que se financia la operación de crédito contraída por la Diputación Provincial de Córdoba con el Banco de Crédito Local para la ejecución de proyectos de obras municipales incluidas en conciertos con el INEM y afectas al Plan de Empleo Rural 1992.

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Determinada por Decreto 118/1992, de 7 de julio, la financiación por la Junta de Andalucía de los créditos que, durante el ejercicio 1992, contraigan las Diputaciones Provinciales con el Banco de Crédito Local para la ejecución de proyectos de obras realizadas por las Corporaciones Locales en concierto con el INEM y de acuerdo con el Plan de Empleo Rural, la Diputación Provincial de Córdoba ha solicitado de esta Consejería, de conformidad con el Convenio tripartito Junta de Andalucía/Banco de Crédito Local/Diputaciones Provinciales, así como con el suscrito entre la Junta de Andalucía y dicha Diputación Provincial, la subvención a que hace referencia el artículo 2º de la citada normativa, acompañándose de expediente en el que quedan debidamente acreditados los extremos a que hace referencia el artículo 4º del mismo Decreto.

Teniendo en cuenta las atribuciones que me confiere la Ley

5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma, en la redacción dada por las Leyes

9/1987, de 9 de diciembre y 6/1990, de 29 de diciembre, así como la Ley 3/1991, de 28 de diciembre, de Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1992, y en virtud de lo dispuesto por el Decreto 118/1992 de 7 de julio, de financiación de los créditos contraídos por las Diputaciones Provinciales con el Banco de Crédito Local para la ejecución de proyectos de obras municipales afectas al Plan de Empleo Rural 1992,

D I S P O N G O:

1º. Financiar los gastos que en concepto de amortización de capital e intereses tiene que abonar la Diputación Provincial de Córdoba al Banco de Crédito Local por la operación de crédito con dicha Entidad concertada para la ejecución de los proyectos de obras de las Corporaciones Locales que a continuación se citan y por la cuantía indicada:

CORPORACION APORTACION APORTACION CAPITAL SUBVDO. LOCAL INEM DIPUTACION JUNTA ANDALUCIA

------------ ----------- ----------- ----------------- ADAMUZ 410.762 318.998. AGUILAR 29.355.049 14.677.524 11.398.565. ALMEDINILLA 1.269.462 634.731 492.932. ALMODOVAR 4.262.000 2.131.000 1.654.935. AÑORA 163.611 127.060. BAENA 2.651.304 2.087.412 1.621.084. CABRA 15.180.693 7.590.347 5.894.664. CARLOTA, LA 22.000.000 11.000.000 8.542.600. CARPIO, EL 1.213.025 606.512 471.017. CASTRO DEL RIO 4.855.000 2.427.500 1.885.197. ENCINAREJO CORDOBA 143.743 111.631. ESPEJO 1.579.914 789.957 613.481. FERNAN-NUÑEZ 54.678 42.463. FUENTE PALMERA 15.710.223 7.855.111 6.100.279. GUADALCAZAR 1.810.350 905.175 702.959. HINOJOSA DUQUE 1.274.410 1.733.320 1.346.096. HORNACHUELOS 3.526.114 2.057.132 1.597.569. LUCENA 2.902.500 1.451.250 1.127.041. LUQUE 1.167.000 583.500 453.146. M. SIERRA-CENTRO

ORIENTAL 5.683.005 2.841.502 2.206.711. M. TURISTICA

SUBBETICA 36.767.449 18.383.724 14.276.800. MONTALBAN 715.665 606.298 470.851. MONTILLA 6.481.254 3.240.627 2.516.671. MONTORO 3.013.594 1.506.797 1.170.179. MONTURQUE 1.172.756 910.762. MORILES 1.664.880 832.440 646.473. NUEVA CARTAYA 7.700.166 3.909.887 3.036.418. OBEJO 4.332.260 2.206.614 1.713.657. PEDRO ABAD 146.516 113.784. PEDROCHE 444.911 345.518. PEÑARROYA P. 5.856.559 2.928.279 2.274.101. PLIEGO CORDOBA 2.986.532 1.493.266 1.159.670. PUENTE GENIL 4.909.716 2.454.856 1.906.441. RUTE 592.997 460.521. TORRECAMPO 8.000.000 4.000.000 3.106.400. VILLA DEL RIO 2.250.000 1.125.000 873.675. VILLAHARTA 62.797 48.768. VVA. DEL DUQUE 2.777.115 1.388.557 1.078.353. VILLAVICIOSA 2.336.685 1.168.342 907.334. ZUHEROS 6.268.583 2.949.923 2.290.910. -----------------------------------------------------

TOTAL 210.500.507 110.759.354 80.015.714.

2º. Los desajustes que se produjeren por la aprobación

parcial de estos proyectos municipales, quedarán normalizados al realizarse por la Diputación Provincial la valoración definitiva a que hace referencia el artículo 8º del Decreto 118/1992, de 7 de julio.

3º. Se ordena la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, así como su traslado a la Excma. Diputación Provincial de Córdoba y al Banco de Crédito Local, a los efectos pertinentes.

Sevilla, 15 de febrero de 1993

ANGEL MARTIN-LAGOS CONTRERAS

Consejero de Gobernación

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