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El art. 8 c) del Decreto 400/90 de 27 de noviembre, establece una medida de empleo temporal en CCLL como una de las medidas a llevar a cabo en el marco del Programa de Solidaridad para la erradicación de la marginación en Andalucía. En base al citado Decreto y a la Orden de 14 de diciembre de 1990 por la que se convocaba a otras Administraciones Públicas a cooperar en la ejecución del Programa antes citado, se ha concedido la siguiente subvención:
Entidad...............................................................Pesetas Excma. Diputación Provincial de Córdoba....1.381.879 Ptas.
Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 18, de la Ley 3/91 de 28 de diciembre de Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1992.
Córdoba, 11 de marzo de 1993.- El Delegado, Jacinto Mena Hombrado.
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