Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 31 de 27/3/1993

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura y Medio Ambiente

RESOLUCION de 8 de enero de 1993, de la Dirección General de Bienes Culturales, por la que se incoa expediente para la delimitación de la zona arqueológica denominada Cueva de la Pileta en Benaoján (Málaga).

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Vista la propuesta formulada por el Servicio de Protección del Patrimonio Histórico,

ESTA DIRECCION GENERAL, ha resuelto:

1º.- Tener por incoado expediente para la delimitación de la zona arqueológica denominada Cueva de la Pileta, en Benaoján (Málaga),l declarada Monumento Arquitectónico-Artístico, por RD. de 25 de Abril de

1924 publicado en Gaceta de Madrid nº 128, de 7 de Mayo de 1924, cuya descripción figura en el anexo a la presente disposición. Con objeto de proteger este yacimiento, de gran interés arqueológico, se ha delimitado la zona afectada por esta incoación, cuyos límites figuran en el anexo a la presente disposición.

2º.- Continuar con la tramitación del expediente de acuerdo con las disposiciones en vigor.

3º.- Hacer saber al Ayuntamiento de Benaoján (Málaga) que, según lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 16/1985, de 25 de Junio, debe procederse a la suspensión de las correspondientes licencias municipales de parcelación, edificación y demolición en las zonas afectadas, así como de los efectos de las ya otorgadas. Las obras que por razón de fuerza mayor hubieran de realizarse en tales zonas con carácter inaplazable, deberán contar, en todo caso, con la autorización previa de esta Dirección General.

4º.- Que la presente resolución se publique en el BOJA y en el BOE.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Sevilla, 8 de enero de 1993.- El Director General, José Guirao Cabrera.

ANEXO

DESCRIPCION DEL BIC.-

La Cueva de la Pileta ubicada en la Sierra de Libar en el término municipal de Benaoján, se conoce sobre todo por sus representaciones de arte rupestre. Estas manifestaciones arqueológicas se extienden a lo largo de unos 200 metros de galerías decoradas con diversos motivos, en las que se alternan grabado y pintura.

La iconografía de la Pileta, incluye diseños figurativos animalísticos y diseños ideomórficos, para cuya realización se han utilizado los tres colores clásicos del Arte Paleolítico Europeo, que son: el amarillo, rojo y negro.

DELIMITACION LITERAL.-

Se ha utilizado para hacer la delimitación la figura poligonal, señalando sus vértices mediante coordenadas UTM, que se adapta perfectamente a la topografía del terreno.

Conformándose una figura poligonal, cuyos vértices son:

x y

1.- 297.150 4.063.500

2.- 297.375 4.063.515

3.- 297.385 4.063.285

4.- 297.625 4.063.285

5.- 297.600 4.063.230

6.- 297.385 4.063.230

7.- 297.395 4.063.070

8.- 297.365 4.063.040

9.- 297.315 4.062.910

10.- 297.180 4.062.970

Siendo las distancias que unen los vértices del polígono:

1 - 2: 220 m.

2 - 3: 230 m.

3 - 4: 240 m.

4 - 5: 60 m.

5 - 6: 215 m.

6 - 7: 165 m.

7 - 8: 50 m.

8 - 9: 140 m.

9 -10: 150 m.

10-11: 535 m.

Siendo la superficie total afectada por la delimitación de 125.762,5 metros cuadrados.

Esta delimitación afecta parcialmente a las parcelas nº 5 y nº 7 del polígono nº 4 del Término Municipal de Benaojan.

MOTIVACION DE ESTA DELIMITACION.-

Los importantes restos arqueológicos de arte rupestre localizados en esta cueva, y que en su día fueron el elemento principal para su declaración como Monumento Histórico Artístico, se han mantenido, para al deterioro que ha sufrido la cueva desde su descubrimiento. Asimismo, el desarrollo de las actuaciones arqueológicas, han ratificado la importancia que tiene la Cueva de la Pileta para la investigación.

De aquí la gran importancia que tiene su protección y salvaguarda, considerándose necesario realizar la delimitación precisa de la zona arqueológica para que la documentación sea completa.

Delimitación gráfica [VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

DELIMITACION GRAFICA

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

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