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Determinada por Decreto 118/1992, de 7 de julio, la financiación por la Junta de Andalucía de los créditos que durante el ejercicio 1992, contraigan las Diputaciones Provinciales con el Banco de Crédito Local para la ejecución de proyectos de obras realizadas por las Corporaciones Locales en concierto con el INEM y de acuerdo con el Plan de Empleo Rural, la Diputación Provincial de Huelva ha solicitado de esta Consejería, de conformidad con el Convenio tripartito Junta de Andalucía/Banco de Crédito Local/Diputaciones Provinciales así como con el suscrito entre la Junta de Andalucía y dicha Diputación Provincial, la subvención a que hace referencia el artículo 2º de la citada normativa, acompañándose de expediente en el que quedan debidamente acreditados los extremos a que hace referencia el artículo 4º del mismo Decreto.
Teniendo en cuenta las atribuciones que me confiere la Ley
5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma, en la redacción dada por las Leyes
9/1987, de 9 de diciembre y 6/1990, de 29 de diciembre, así como la Ley 3/1991, de 28 de diciembre, de Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1992, y en virtud de lo dispuesto por el Decreto 118/1992, de 7 de julio, de financiación de los créditos contraídos por las Diputaciones Provinciales con el Banco de Crédito Local para la ejecución de proyectos de obras municipales afectas al Plan de Empleo Rural 1992,
D I S P O N G O:
1º. Financiar los gastos que en concepto de amortización de capital e intereses tiene que abonar la Diputación Provincial de Huelva al Banco de Crédito Local por la operación de crédito con dicha Entidad concertada para la ejecución de los proyectos de obras de las Corporaciones Locales que a continuación se citan y por la cuantía indicada:
Corporación Local: Cumbres S. Bart.
Aportación INEM: 12.600.000
Aportación Diputación: 6.300.000
Capital subv. Junta Andal.: 4.892.580
Corporación Local: Marines, Los.
Aportación INEM: 2.154.620
Aportación Diputación: 1.077.310
Capital subv. Junta Andal.: 836.639
Corporación Local: Sanlúcar Guadiana
Aportación INEM: 5.492.060
Aportación Diputación: 2.746.030
Capital subv. Junta Andal.: 2.132.567
Total Aportación INEM: 20.246.680
Total Aportación Diputación: 10.123.340
Total Capital Subv. Junta Andal.: 7.861.786
2º. Los desajustes que se produjeren por la aprobación parcial de estos proyectos municipales, quedarán normalizados al realizarse por la Diputación Provincial la valoración definitiva a que hace referencia el artículo 8º del Decreto 118/1992, de 7 de julio.
3º. Se ordena la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, así como su traslado a la Excma. Diputación Provincial de Huelva y al Banco de Crédito Local a los efectos pertinentes.
Sevilla, 9 de marzo de 1993
ANGEL MARTIN-LAGOS CONTRERAS
Consejero de Gobernación
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