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En el recurso contencioso-administrativo número 11/91, interpuesto por Saudisa, contra la resolución del Director General de Consumo de la Consejería de Salud y Servicios Sociales, sobre expediente sancionador, la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, ha dictado sentencia con fecha 9 de octubre de 1992 cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
«Fallamos: Debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por Centros Comerciales Continente S.A. en los autos. Sin costas¯.
En su virtud, esta Consejería, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y 103 y siguientes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el BOJA, para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la expresada Sentencia.
Sevilla, 23 de marzo de 1993
JOSE LUIS GARCIA DE ARBOLEYA TORNERO
Consejero de Salud
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