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Para general conocimiento se hace público en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada, en fecha de 13 de octubre de 1992, por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, resolviendo el Recurso núm. 1754/91, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor literal:
Fallamos: «Debemos desestimar y desestimamos el presente recurso interpuesto por el Procurador Sr. Escribano de la Puerta, en nombre y representación de D. Antonio Carreto Ribot, contra resolución del Consejero de Gobernación de 12 de septiembre de 1990, desestimatoria del recurso de reposición contra resolución de 16 de abril de 1990 de la misma Consejería, por la que se autorizaba la compatibilidad de dos puestos de trabajo público, denegando la compatibilidad para su actividad privada; que confirmamos por ser ajustado a Derecho. Sin costas. Y a su tiempo con certificación de esta sentencia para su cumplimiento, devuélvase el expediente administrativo al lugar de procedencia¯.
Sevilla, 22 de marzo de 1993.- El Director General, Juan Pedro Gómez Jiménez.
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