Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 45 de 1/5/1993

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 2 DE GRANADA Y PROV

EDICTO.

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En tramitación del exhorto número 17/93 procedente de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, relacionado con el Recurso nº 11489/89 dimanante de los autos de este Juzgado número 1914/86, por providencia dictada en el día de la fecha, se ha acordado notificar a la demandada A.P. Granada, S.A., por medio del presente Edicto el contenido de la Sentencia de dicho alto Tribunal de fecha ocho de febrero de mil novecientos noventa y tres que, en lo pertinente, es del siguiente tenor literal:

«Fallamos. Que debemos desestimar y desestimamos el Recurso de Suplicación interpuesto por Don Manuel Ramírez Fernández, contra sentencia del Juzgado de lo Social número dos de Granada, de fecha treinta de julio de mil novecientos ochenta y ocho a virtud de demanda formulada por Don Manuel Ramírez Fernández contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, Empresa AP. Granada, S.A., y Mutua Patronal Asistencia Médica, sobre accidente, y en su consecuencia debemos confirmar y confirmamos la resolución recurrida.

Notifíquese este resolución a las partes, y a la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, haciéndoles saber que contra la misma sólo cabe recurso de casación para unificación de doctrina que se preparará por escrito ante esta Sala de lo Social dentro de los diez días siguientes a la notificación de esta sentencia y de acuerdo con lo dispuesto en los arts. 218 y 226 de la Ley de Procedimiento Laboral; y una vez firme expídase certificación para constancia en el Rollo que se archivará en este Tribunal incorporándose al correspondiente Libro de Sentencia previa devolución de los autos al Juzgado de procedencia. Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Lo que se hace por medio del presente Edicto para notificación de la sentencia de fecha ocho de febrero de mil novecientos noventa y tres de la Sección 3ª de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, compuesta por los Ilmos. Sres. D. José Luis Nombela Nombela, D. Eustasio de la Fuente González y D. Julián Angel Avilés Caballero, habiendo sido Ponente el último de ellos; a la demandada A.P. Granada S.A., en ignorado paradero.

Granada, 15 de abril de 1993.- El Secretario, Roberto Daza Velázquez de Castro.

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