Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
De acuerdo con lo establecido en el artículo 7.6 del Decreto
332/88, de 5 de diciembre, por el que se regula la composición y funcionamiento de los Consejos Escolares de ámbito territorial en la Comunidad Autónoma de Andalucía, y en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 8.1 del citado Decreto, designados por el Consejero de Educación y Ciencia.
D I S P O N G O:
Artículo único. Nombrar como Consejero del Consejo Escolar de Andalucía, por el grupo de representantes de Titulares de Centros Privados sostenidos con fondos públicos a:
Titular: D. Rogelio Macías Molina.
Sustituto: D. Leoncio Fernández Bernardo.
Sevilla, 5 de mayo de 1993
ANTONIO PASCUAL ACOSTA
Consejero de Educación y Ciencia
Descargar PDF