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Vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión Provincial de Precios de Jaén, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados,
D I S P O N G O:
Autorizar las tarifas de Agua Potable que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Ayuntamiento de Andújar (Jaén).
Concepto Tarifas Autorizadas Iva Incluido
Cuota fija o de Servicio 820 Ptas/trimestre Cuota variable o de consumo
Consumo Doméstico
Hasta 27 m3 trimestre 31,80 Ptas/m3 Más de 27 m3 hasta 38 m3 trimestre 53,00 Ptas/m3 Más de 38 m3 en adelante trimestre 84,80 Ptas/m3 Consumo Industrial
Se aplicará la misma estructura de consumo doméstico aplicándoles a las tarifas un aumento corrector de 0,7.
Otros Usos
1. Obras
Tarifa única 84,80 Ptas/m3
2. Demolición edificios
Cualquier consumo 10.600 Pts.
3. Casetas feria, peñas y análogos
Tarifa única 2.120,00 Pts/m3.
Cutoa de Contratación
Cc = 600 x d - 4.500 (2 - p/t).
Fianzas.
Según art. 57 Reglamento del Reglamento del Suministro Domiciliario de Agua.
Esta Orden surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, previa comunicación a este órgano, de conformidad con lo establecido en los artículos 57.2 y 58 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956.
Sevilla, 21 de mayo de 1993
JAIME MONTANER ROSELLO
Consejero de Economía y Hacienda
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