Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 58 de 31/5/1993

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO 1ª INSTANCIA Nº 4 DE GRANADA

EDICTO. (PP. 1020/93).

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El Juzgado de Primera Instancia Número Cuatro de Granada

HACE SABER:

Ante este Juzgado se siguen autos de Juicio de Banco Hipotecario de España núm. 813/90, a instancia de Banco Hipotecario de España representado por la Procuradora Sra. Sánchez Bonet contra Don Eduardo Javier Gómez Quesada y Doña María Victoria Orihuela Moreno, acordándose sacar a pública subasta los bienes que se describen, la que tendrá lugar en la Sala de Audiencia de este Juzgado:

Primera Subasta: El día nueve de noviembre de mil novecientos noventa y tres y hora de las diez de la mañana, y por el tipo de tasación.

Segunda Subasta: El día nueve de diciembre de mil novecientos noventa y tres y hora de las diez de la mañana, y con rebaja del veinticinco por cien del tipo de tasación. Tercera Subasta: El día once de enero de mil novecientos noventa y cuatro y hora de las diez de la mañana, sin sujeción a tipo.

C O N D I C i O N E S

1ª. Para tomar parte en la subasta, los licitadores deberán consignar previamente en la mesa del Juzgado o establecimiento al efecto, una cantidad no inferior al 20% del tipo en primera y segunda subasta y el 20% del tipo de segunda, en tercera subasta.

2ª. El remate podrá hacerse en calidad de ceder a un tercero, dentro de los ocho días siguientes, consignándose previa o simultáneamente el precio del remate.

3ª. Los autos y certificación del Registro de la Propiedad, está de manifiesto en Secretaría donde podrán ser examinados entendiéndose que todo licitador la acepta como bastante la titulación, y que las cargas y gravámenes, anteriores o preferentes al crédito del actor quedarán subsistentes y sin cancelar, entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos sin destinarse a su extinción el precio del remate.

4ª. Que a instancia del actor, podrá reservarse el depósito de aquellas posturas, que cubran el tipo de licitación, para el supuesto de que el adjudicatario no cumpla sus obligaciones.

5ª. Para el caso de que el bien que sale a la subasta sea el derecho de traspaso de local de negocio, se hace saber que el rematante se obliga a mantener por lo menos durante un año el local destinado a la misma actividad que hoy tiene, y a no traspasarlo durante un año.

6ª. Sirviendo el presente, para en su caso, de notificación al deudor, por si lo estima conveniente, libere, antes del remate sus bienes, pagando principal y costas,

FINCA OBJETO DE SUBASTA

Urbana número treinta y cinco. Piso 4º G-1 en construción, en planta cuarta de pisos, sexta general, del bloque los Magnolios, Conjunto de edificación en Granada, calle sin nombre, con acceso por el portal primero, destinado a vivienda con varias dependencias y servicios, a la derecha del desembarque de la escalera. Con superficie construida de 147 metros 56 decímetros cuadrados y útil de 113 metros 66 decímetros cuadrados. Según su entrada, linda: Frente, pasillo caja escalera, hueco ascensor y vivienda 34; derecha entrando, izquierda y espalda, zona común. Finca registral nº 73.779.

Ha sido valorada en cinco millones quinientas ochenta mil pesetas.

Dado en Granada, 15 de diciembre de 1992.- El Secretario.

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