Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 60 de 8/6/1993

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Consejería de Economía y Hacienda

RESOLUCION de 4 de marzo de 1993, de la Delegación Provincial de Granada, autorizando el establecimiento de la instalación eléctrica que se cita. (5189/AT) (PP. 781/93).

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Visto el expediente incoado en esta Delegación cuya descripción se reseña a continuación, solicitando autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y declaración, en concreto, de utilidad pública y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en los Capítulos III, del Decreto 2617/66, de 20 de octubre sobre autorización de instalaciones eléctricas, Decreto 2619/66, Ley 10/66, Reglamento de Líneas eléctricas aéreas de Alta Tensión de 28.11.68 de acuerdo con lo ordenado en la Ley de 24 de noviembre de 1939, sobre ordenación y defensa de la industria y vistas las funciones que nos competen, según el apartado 9 del artículo 2º del R.D. 1091/81, de 24 de abril (BOE de 11.6.81), sobre traspado de competencias, funciones y servicios a la Junta de Andalucía en materia de industria y energía; y el artículo 5º del Decreto de la Presidencia de la Junta de Andalucía de 3.8.81 (BOE de 2.12.81), sobre distribución de tales competencias. Esta Delegación Provincial ha resuelto autorizar administrativamente y aprobar el proyecto de ejecución de la siguiente instalación eléctrica:

Peticionario: Cía. Sevillana de Electricidad, S.A. Domicilio: Escudo del Carmen, 31, 18.009 Granada.

LINEA ELECTRICA

Origen: C.T. Asilo (expt. 1306/AT)

Final C.T. Victoria (expt. 3782/AT)

Términos municipales afectados: Huéscar

Tipo: Subterránea

Longitud en Km.: 0,500

Tensión de servicio: 20 Kv.

Conductores: Al 3(1x150) mm2 aislamiento 12/20 Kv. Potencia a transportar: 1.890 Kva.

Reforma C.T. Victoria:

2 Celdas de línea

1 Celda de protección

Procedencia de los materiales: Nacionales Presupuesto: 6.467.700 ptas.

Finalidad: La unión del C.T. Asilo con el C.T. Victoria, para poder desmontar la línea aérea que los une. (PAER-92). Referencia: 5189/AT

Las obras se ajustarán en lo que no resulte modificado por la presente resolución o por las pequeñas variaciones que, en su caso, puedan ser autorizadas, al proyecto presentado, con las obligadas modificaciones que resulten de su adaptación a las instrucciones de carácter general y Reglamentos vigentes, quedando sometidas las instalaciones a la inspección y vigilancia de esta Delegación Provincial.

El plazo de puesta en marcha será de seis meses. El peticionario dará cuenta por escrito del comienzo y terminación de las obras, a efectos de reconocimiento y extensión del acta de puesta en marcha.

Declarar, en concreto, la utilidad pública de la instalación que se autoriza a los efectos que determina la Ley 10/66 de 18 de marzo, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas y su Reglamento aprobado por Decreto

2619/66, de 20 de octubre.

Granada, 4 de marzo de 1993.- El Delegado, Pedro M. Serrano León.

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