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Visto el expediente incoado en esta Delegación cuya descripción se reseña a continuación, solicitando autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y declaración, en concreto, de utilidad pública y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en los Capítulos III, del Decreto 2617/66, de 20 de octubre sobre autorización de instalaciones eléctricas, Decreto 2619/66, Ley 10/66, Reglamento de Líneas eléctricas aéreas de Alta Tensión de 28.11.68 de acuerdo con lo ordenado en la Ley de 24 de noviembre de 1939, sobre ordenación y defensa de la industria y vistas las funciones que nos competen, según el apartado 9 del artículo 2º del R.D. 1091/81, de 24 de abril (BOE de 11.6.81), sobre traspado de competencias, funciones y servicios a la Junta de Andalucía en materia de industria y energía; y el artículo 5º del Decreto de la Presidencia de la Junta de Andalucía de 3.8.81 (BOE de 2.12.81), sobre distribución de tales competencias. Esta Delegación Provincial ha resuelto autorizar administrativamente y aprobar el proyecto de ejecución de la siguiente instalación eléctrica:
Peticionario: Cía. Sevillana de Electricidad, S.A. Domicilio: Escudo del Carmen, 31, 18.009 Granada.
LINEA ELECTRICA
Origen: C.T. Asilo (expt. 1306/AT)
Final C.T. Victoria (expt. 3782/AT)
Términos municipales afectados: Huéscar
Tipo: Subterránea
Longitud en Km.: 0,500
Tensión de servicio: 20 Kv.
Conductores: Al 3(1x150) mm2 aislamiento 12/20 Kv. Potencia a transportar: 1.890 Kva.
Reforma C.T. Victoria:
2 Celdas de línea
1 Celda de protección
Procedencia de los materiales: Nacionales Presupuesto: 6.467.700 ptas.
Finalidad: La unión del C.T. Asilo con el C.T. Victoria, para poder desmontar la línea aérea que los une. (PAER-92). Referencia: 5189/AT
Las obras se ajustarán en lo que no resulte modificado por la presente resolución o por las pequeñas variaciones que, en su caso, puedan ser autorizadas, al proyecto presentado, con las obligadas modificaciones que resulten de su adaptación a las instrucciones de carácter general y Reglamentos vigentes, quedando sometidas las instalaciones a la inspección y vigilancia de esta Delegación Provincial.
El plazo de puesta en marcha será de seis meses. El peticionario dará cuenta por escrito del comienzo y terminación de las obras, a efectos de reconocimiento y extensión del acta de puesta en marcha.
Declarar, en concreto, la utilidad pública de la instalación que se autoriza a los efectos que determina la Ley 10/66 de 18 de marzo, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas y su Reglamento aprobado por Decreto
2619/66, de 20 de octubre.
Granada, 4 de marzo de 1993.- El Delegado, Pedro M. Serrano León.
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